Cuándo cobra Hacienda el segundo pago de la declaración de la Renta este 2024

El segundo abono de la Declaración de la Renta 2023 para los que tengan deudas con Hacienda será este día de noviembre. Estas son las consecuencias por no pagar.

Borrador de la Declaración de la Renta
Cuándo cobra Hacienda el segundo pago de la declaración de la Renta este 2024 Noticiastrabajo
María Jose Martínez

El pasado 1 de julio de 2024 terminó el plazo para presentar la declaración de la Renta 2023. Sin embargo, el calendario de la Renta 2024 es más amplio porque hay que liquidar los pagos. En caso de que haya salido ‘a pagar’ y tengas que saldar tus deudas con el organismo público, se puede abonar de una vez o fraccionarlo en dos plazos. Si es tu caso, Hacienda cobrará el 5 de noviembre de 2024 el segundo pago de la declaración de la Renta. Es muy importante tener en cuenta las fechas establecidas por la Agencia Tributaria para no llevarnos una “sorpresa” en forma de multa por no declarar bien el IRPF.

Cuándo hay que hacer el segundo pago de la declaración de la Renta 2023

Como hemos comentado anteriormente, si todavía tienes deudas con la administración por tu Declaración de la Renta 2023, el 5 de noviembre de 2024 es cuando se realiza el segundo pago a la Agencia Tributaria. Así lo establece en el Manual de la Renta 2023. Cabe recordar que hay dos formas de pagar la declaración de la Renta:

  • Pago único: se liquida la deuda con Hacienda al momento.
  • Pago fraccionado: se hacen dos cobros a lo largo del año. El primero corresponde al 60% de lo que ha salido a pagar cuando presentaste la declaración y hay que hacerlo en el mismo momento. El segundo es del 40% restante y se cobrará el 5 de noviembre de 2024, que es el segundo plazo impuesto por la AEAT para finalizar el trámite.

La Agencia Tributaria puede multarte tanto por presentar el borrador de la Renta tarde, como por retrasarte en los pagos.

Cómo se puede pagar a plazos la declaración de la Renta

Cuando el resultado de la Renta es positivo y toca devolverle a Hacienda lo que le corresponde, puede aplazarse si te hace falta. Sin embargo, hay que cumplir una serie de requisitos. En el momento en el que se presenta el borrador, hay que marcar la casilla de “pago fraccionado”. Siempre viene marcada esta opción por defecto, y podrás ver lo que tienes que abonar en cada uno de los plazos.

La Agencia Tributaria recuerda que para poder fraccionar el pago resultante del IRPF, es imprescindible cumplir con estos requisitos:

  • Que la declaración se haya presentado dentro del plazo y no sea una autoliquidación complementaria.
  • Que en el momento en el que se presente, se haga efectivo el pago del 60% correspondiente a la primera cuota.
  • El pago del importe tiene que hacerse en dos plazos mediante domiciliación bancaria.

Métodos de pago de la declaración de la Renta si te sale ‘a pagar’

Hay tres formas de pagar la declaración de la Renta:

  • Domiciliación bancaria. Tendrás que introducir el IBAN de la cuenta donde quieres que pasen los pagos. Si lo has hecho así, el 5 de noviembre verás el cargo.
  • Pago electrónico. También puedes elegir el cargo en cuenta o tarjeta de crédito o débito en la banca electrónica.
  • Presencialmente en el banco. Deberás descargar el documento de pago para poder ingresarlo en el banco. Esto solamente es posible para los pagos no fraccionados.

Así, tu declaración aparecerá como presentada, pero “pendiente de ingreso”.

¿Qué pasa si no pago a tiempo la Renta? Estas son las consecuencias

Hacienda explica en su página web que las consecuencias por no pagar el primer plazo (60%) “determina el inicio del periodo ejecutivo por la totalidad del importe a ingresar resultante de la autoliquidación”.

Si el día del segundo pago, el 5 de noviembre de 2024, no tienes suficiente dinero en el banco, se te olvida, o pusiste mal el IBAN, puedes enfrentarte a intereses en la demora. La sanción inicial será leve, pero puede ir subiendo la cifra. Si el contribuyente paga libremente el recargo es del 5% sobre el 40% que quede de la Renta. Si llegas a recibir un aviso de la Agencia Tributaria, el recargo puede ser de hasta el 10% o el 20% de lo que tienes que pagar.

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