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Confirmado por el Gobierno: miles de propietarios podrán deducirse en 2026 hasta 3.000 euros en la Renta por rehabilitar su vivienda tras la prórroga aprobada en el BOE

El Boletín Oficial del Estado publica la prórroga de las deducciones fiscales por mejora energética, lo que permite restar de la cuota del IRPF entre 1.000 y 3.000 euros al año, dependiendo de la ambición de la obra realizada.

Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez
Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez |PSOE
Francisco Miralles
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El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 16/2025, que entre otras medidas incorpora una norma que modifica la Ley del IRPF para extender la vigencia de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética. Esta decisión hace que no venza hoy, por lo que se permite que las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 (y hasta finales de 2027 en el caso de edificios residenciales completos) sigan teniendo beneficio fiscal en la declaración de la Renta.

Para acceder a este ahorro tributario, la ley explica que hay que seguir manteniendo dos requisitos, que son que la actuación se realice en la vivienda habitual o en una destinada al alquiler y que se logre una mejora energética real y acreditada. Esta mejora no puede basarse en estimaciones, sino que debe probarse documentalmente mediante dos certificados de eficiencia energética (uno previo al inicio de las obras y otro posterior expedido por un técnico competente tras la finalización).

Hay que tener en cuenta una fecha clave y es que, para las obras individuales, el certificado final deberá expedirse antes del 1 de enero de 2027.

Cuánto dinero te puedes deducir

La normativa no establece una ayuda única, sino que escala el beneficio fiscal según el ahorro energético conseguido y el tipo de inmueble. A continuación detallamos los importes máximos en euros a los que puedes optar.

El nivel básico (hasta 1.000 euros de deducción)Si realizas pequeñas obras (como cambiar ventanas) que consigan reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de tu vivienda, podrás deducirte el 20% de lo pagado.

  • Base máxima anual (5.000 euros).
  • Deducción máxima real (1.000 euros en tu declaración).

El nivel intermedio (hasta 3.000 euros de deducción)Para obras de mayor calado que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que consigan mejorar la calificación energética de la vivienda a una clase “A” o “B”, la deducción sube al 40%.

  • Base máxima anual (7.500 euros).
  • Deducción máxima real (3.000 euros en tu declaración).

El nivel superior para rehabilitación de edificios (hasta 3.000 euros al año)Pensado para comunidades de vecinos o propietarios de edificios completos. Si las obras en el edificio logran reducir el consumo en un 30% o alcanzar la clase “A” o “B”, cada propietario puede deducirse el 60% de su cuota de participación.

  • Base máxima anual (5.000 euros).
  • Deducción máxima real (3.000 euros al año).
  • Ventaja extra (si la obra es muy costosa, el exceso que no puedas deducirte en 2026 podrás aplicarlo en los cuatro ejercicios siguientes hasta un límite acumulado de 15.000 euros de base, es decir, una deducción total de hasta 9.000 euros repartida en varios años).

A modo de resumen visual, la tabla de cuantías queda así:

Tipo de obraObjetivo energéticoBase máxima (Inversión)Deducción máxima (Ahorro en Renta)
Pequeñas reformas (Individual)Reducir 7% demanda calefacción o refrigeración5.000 €1.000 € (20%)
Mejora de consumo (Individual)Reducir 30% consumo o Clase “A”/"B"7.500 €3.000 € (40%)
Rehabilitación Edificio (Comunidad)Reducir 30% consumo o Clase “A”/"B"5.000 €/año (Total 15.000 €)3.000 €/año (60%)

Ahora, hay que leer la letra pequeña del BOE, la cual explica que para tener derecho a la deducción “en ningún caso darán derecho a practicar deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal”. Es decir, que es obligatorio que todos los pagos a instaladores o empresas de reformas se realicen mediante tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Además, ten en cuenta que los costes de instalar calderas de combustibles fósiles (gas o gasóleo) no son deducibles.

Ejemplo práctico

Para visualizar el impacto en el bolsillo, imaginemos a un propietario que participa en la rehabilitación de la fachada de su edificio en 2026. Su parte de la derrama asciende a 5.000 euros. Si la comunidad logra el ahorro energético exigido del 30% (certificado por el técnico) el propietario aplica el 60% sobre los 5.000 euros pagados y en su declaración de la Renta restará directamente 3.000 euros de su cuota íntegra.

Si su derrama fuese mayor (por ejemplo 12.000 euros) en 2026 se deduciría el máximo anual (3.000 euros correspondientes a la base de 5.000) y el resto de la inversión (7.000 euros) lo dejaría pendiente para deducirlo en las declaraciones de la Renta de los años siguientes, aprovechando el mecanismo de diferimiento que permite la ley hasta completar la base de 15.000 euros.