Banco de España es claro en recordar que las entidades bancarias tienen la obligación de mantener informados a sus clientes sobre las cuentas corrientes y otros servicios que se tengan contratados. Por este motivo avisa que en enero, todos los usuarios bancarios, tienen que recibir una comunicación con los detalles.
Ante esta situación, muchos clientes se preguntan ¿cuál es la información que los bancos deben enviarles sobre los productos contratados? El banco central nacional aclara esta duda, especificando además, cómo deben brindarse esos datos.
La información que recibirás de tu banco
El Banco de España recuerda que la notificación que llegue a los clientes en el mes de enero, tiene que separar la información que corresponda a cuentas corrientes y la que esté relacionada con otros servicios bancarios contratados durante el año anterior. Es decir que, en este mes de enero 2023 debería llegar el resumen del 2022.
A cada una de estas dos comunicaciones, le corresponden una serie de puntos sobre los que el banco está obligado a informar y un modelo de formato de resumen anual preestablecido.
Cuentas
El banco debe informar al usuario sobre:
- Estado de las comisiones, una por cada cuenta que se tenga contratada: debe incluir todas las comisiones del año anterior aplicadas a los servicios asociados. Los importes deberían ser unitarios y totales.
- Tipos de interés: deben informar sobre los tipos de interés acreedor y de descubiertos aplicados al saldo de la cuenta. Además del total de intereses devengados ese año.
Servicios bancarios
Con respecto a los servicios bancarios, deberán informar sobre:
- Préstamos o créditos: tienen que detallar intereses cobrados y pagados, comisiones y gastos devengados por cada servicio contratado durante el año anterior.
Cómo recibirás la carta
La comunicación que envía el banco es personal e individual, aunque se comparta algún servicio con otra persona. Podrá recibirse mediante correo ordinario o bien de forma telemática, según la opción que como usuario se haya elegido para recibir notificaciones.
En el caso de que la vía sea telemática, el cliente deberá estar atento a los canales como correos electrónicos, página web del banco o App, para revisar si le ha llegado alguna información.
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