
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene disponible una ayuda especial de 2.880 euros para desempleados de larga duración cuando, tras agotar la prestación contributiva por desempleo (el paro) y los subsidios por desempleo correspondientes, no consiguen incorporarse al mercado laboral. Consiste en el último subsidio que proporciona la administración cuando hay una carencia de rentas, entre otros requisitos. Es posible solicitarlo hasta antes del 1 de noviembre, ya que a partir de ahí entran en vigor los recogidos en la última reforma.
¿Qué tipo de ayuda es? Esta ayuda asistencial consiste en el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) y corresponde con el último subsidio al que tienen derecho los parados de larga duración. Su duración máxima es de seis meses y la cuantía mensual correspondiente con el 80% del IPREM, es decir, 480 euros al mes. Puede haber situaciones en las que la cuantía no llegue a los 2.800 euros si se dejara de percibir antes.
Las 2 condiciones posibles para tener derecho a cobrar el SED
El SEPE ofrece apoyo económico a diversos colectivos, con el objetivo de garantizar una cobertura mínima a las personas en situación de desempleo más vulnerables. Para poder optar al Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), los solicitantes deben cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
Haber agotado los subsidios previos:
En términos generales, es necesario haber agotado previamente alguno de los subsidios por desempleo. En el caso de los parados de larga duración, esto incluye:
- Subsidios por desempleo.
- RAI (Renta Activa de Inserción).
Tener la condición de parado de larga duración:
Se considera como parado de larga duración a aquella persona que ha estado inscrita en los servicios de empleo, como el SAE en Andalucía, en calidad de demandante de empleo durante al menos 360 días en los dieciocho meses previos a la solicitud del subsidio extraordinario.
Los cinco requisitos específicos que pide el SEPE a los parados de larga duración
La web del SEPE informa que existen cinco requisitos específicos para el colectivo formado por las personas paradas de larga duración. Son los siguientes:
- Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras ayudas económicas como la RAI.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 1 año en los 18 meses anteriores a la fecha de solicitud y suscribir el compromiso de actividad
- Acreditar que se han llevado a cabo acciones de búsqueda activa de empleo durante el mes anterior.
- Haber cesado de forma involuntaria de un trabajo por cuenta ajena.
- Carecer de unas rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (850,50 euros mensuales).
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