
Emprender es una actividad que requiere constantemente saber, tener conocimientos legales y burocráticos, además de una actitud preparada para asumir riesgos. No hacerlo correctamente puede llevarnos a perder nuestros bienes e incluso nuestra casa por un embargo. En este sentido, Andrés Millán, abogado, explica en las redes sociales las cosas que deben tener en cuenta los autónomos a la hora de ser trabajadores por cuenta propia o tener una sociedad.
Andrés, más conocido como @lawtips, cuenta en las redes sociales con más de 3,5 millones de seguidores entre Instagram (1 millón) y TikTok (2,5 millones). En el video informativo, empieza explicando una situación en la que el banco puede embargarle el sofá o la casa entera. El motivo: emprender como trabajador por cuenta propia (autónomo) en vez de como una sociedad, que, aunque puedan parecer lo mismo a efectos fiscales y tributarios, no lo son.
Explica que la diferencia entre autónomo y autónomo societario es que el autónomo societario solo responde de las deudas con el patrimonio de la sociedad. De esta forma, si el societario no puede pagar las deudas, no podrán ir contra su patrimonio personal; por ejemplo, Hacienda no podrá embargar su vivienda, sus cuentas bancarias, entre otros. Pero, en este punto, hace una aclaración: esto solo ocurrirá cuando se actúa de buena fe, es decir, que no se ha tenido la intención de estafar ni de realizar acciones contrarias a la ley.
El tiktoker también advierte que si estás casado en bienes gananciales y no puedes saldar la deuda, podrán ir contra el patrimonio de tu pareja. Por eso, es mejor estar casado o como pareja de hecho con separación de bienes.
Cuáles son las consecuencias de ser autónomo y tener deudas
En el caso de ser autónomo, no hay diferencias entre el patrimonio personal y el profesional. Por ello, en el caso de tener deudas con la administración, entes públicos u otras empresas, podrán ir directamente contra tus bienes para cobrar las deudas.
En este punto, Andrés explica que hay que tener cuidado y lanza una recomendación: “Cuando empiezas a acumular deudas, a facturar mucho dinero o a tener bastantes empleados, monta una sociedad”.
Los administradores de la sociedad sí podrían responder con su patrimonio
Andrés explica que, aunque con la sociedad no se debería responder con el patrimonio personal, existen excepciones. Podría estar obligado a responder con su patrimonio el administrador, que puede ser socio o no. En el caso del resto de socios, solo lo estarían en caso de negligencia.
Así, finaliza el video explicando cómo sería el ciclo de vida de un trabajador autónomo. Este empezaría como trabajador por cuenta propia, luego pasaría a montar una sociedad y, tras esto, lo que se conoce como “Holding Empresarial”, que sería una sociedad que engloba a otras sociedades.
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