Aquellos contribuyentes que realicen obras de mejora energética en su vivienda habitual o en edificios residenciales podrán deducirse entre un 20% y un 60% de la inversión, tal y como recoge el Real Decreto-ley 16/2025 publicado en el Boletín Oficial del Estado.
El Gobierno extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la prohibición de cortar los suministros básicos y consolida las rebajas extraordinarias del bono social, que oscilarán entre el 42,5% y el 57,5% según el grado de vulnerabilidad, tal y como recoge el Real Decreto-ley 16/2025.
El precio de los carburantes sigue bajando y protagonizan una nueva semana de descensos: la gasolina se sitúa en los 1,451 euros de media y el diésel en los 1,400.
La pensión de viudedad con cargas familiares superará los 1.250 euros al mes tras la subida del 11,4%. La subida general del 2,7% se aplicará a todas las modalidades contributivas a partir del 1 de enero de 2026.
Investigadores de la Escuela Politécnica Federal de Zúrich han desarrollado un método innovador y sostenible para recuperar oro de los residuos electrónicos.
El complemento a mínimos garantiza que las pensiones de viudedad alcancen la cuantía mínima, en el caso de no cumplir con los requisitos esta puede ser retirada.
Las pensiones de incapacidad permanente se revalorizarán un 2,7% a partir del 1 de enero. La pensión mínima de Gran Invalidez con cónyuge a cargo superará los 26.000 euros anuales, mientras que la pensión máxima del sistema se fija en 3.359,60 euros al mes.
Las pensiones contributivas de jubilación subirán un 2,7% con carácter general. La pensión máxima se sitúa en los 3.359,60 euros mensuales y el complemento de brecha de género alcanza los 36,90 euros por hijo.
El Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto 16/2025, que contempla la subida de las pensiones un 2,7% y las mínimas un 7% a exención de las con cónyuge a cargo y las de viudedad con cargas familiares que subirán un 11,4%.
A pesar de que la Segurdiad Social anuló la deuda tras una sentencia previa, la Tesorería no devolvió automáticamente el dinero, que la pensionista ya había abonado, obligándola a acudir de nuevo a los tribunales.
El Alto Tribunal determina que, aunque el INSS le reconociese el complemento antes de que se dictara sentencia, la indemnización por la discriminación sufrida no se puede reducir.