
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica destinada a garantizar un nivel de ingresos mínimos a las personas o unidades de convivencia con bajos recursos económicos. Dado que es una prestación de la Seguridad Social, similar a la pensión de jubilación o de viudedad que generan derecho a pagas extraordinarias, algunos beneficiarios se preguntan si el Ingreso Mínimo Vital tiene derecho a paga extra de verano.
Cómo hemos dicho algunas prestaciones de la Seguridad Social, como la pensión de jubilación, incapacidad permanente o las prestaciones no contributivas de jubilación o invalidez, sí incluyen pagas extras. Estas se distribuyen en 14 pagas anuales: 12 mensualidades ordinarias más 2 pagas extraordinarias, una en verano, que se cobra a finales de junio, y otra en Navidad, que se cobra a finales de noviembre.
Aunque hay que decir que esto no ocurren con todas. Por ejemplo, las pensiones por incapacidad permanente que derivan de un accidente laboral, una enfermedad profesional o un accidente de trabajo no las tienen y solo se abonan en 12 mensualidades.
Si cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿tendré paga extra en junio?
No, el Ingreso Mínimo Vital no tiene derecho a paga extra ni en verano ni en Navidad. Así, lo expone la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, que es la que regula el Ingreso Mínimo Vital.
En su artículo 13.2 parte A, dice “en el caso de una persona beneficiaria individual, la cuantía mensual de renta garantizada ascenderá al cien por cien del importe anual de las pensiones no contributivas fijadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dividido por doce”. Esto sígnica que esta prestación no contributiva no cuenta con pagas extraordinarias ni ahora de verano ni tampoco de Navidad.
Pero, ¿Por qué no se genera derecho a pagas extraordinarias? La razón es que al ser una prestación de carácter no contributivo como los subsidios por desempleo no se genera cotizaciones. Por lo tanto, a la hora de hacer el cálculo este se hace sobre dos mensualidades.
Por tanto, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital que se cobrará en junio de 2024 será la misma que venga recibiendo otros meses.
Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social paga las pensiones siempre a mes vencido entre los días 1 y 4 de cada mes, debiendo ser siempre el primer día hábil y, como máximo, el cuarto día natural del mismo.
Así, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital percibirán la prestación entre el lunes 1 y el jueves 4 de julio de 2024. Además, hay entidades bancarias como CaixaBank, Santander o BBVA que suelen adelantar el ingreso, por lo que es posible que se reciba en el banco el viernes, 28 de junio.
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