
Si hay algo que tienen que hacer todos los conductores es renovar el carnet de conducir. Tanto el de tipo A, para motos, como el de tipo B, para turismos, tiene un periodo de validez de 10 años, plazo por el que habrá que ir renovándolo, hasta que se cumplen 65 años. Superada esta fecha, se tiene que renovar cada 5 años, por lo que siempre hay que estar atentos para que no caduque el permiso de circulación.
Cuando llegue el momento, ¿cuánto costará renovar el carnet de conducir? El precio está estipulado por la Dirección General de Tráfico (DGT), que publica cada año las tasas oficiales para sus trámites. En 2022, la renovación del permiso de circulación cuesta 24,58 euros, aunque habría que sumarle los gastos de gestión del centro de reconocimiento. Se trata de un importe que ha subido respecto a 2021, igual que los del resto del organismo.
No obstante, si por aptitudes psicofísicas la persona se ve obligada a prorrogar la vigencia del permiso con mayor frecuencia que la estipulada, tiene derecho a tener una bonificación. La misma variará dependiendo del tiempo por el que se concede la licencia, siendo así las cuantías:
- Prórroga de vigencia de permisos y licencias hasta 1 año (80% descuento): 4,92 euros.
- Prórroga de vigencia de permisos y licencias hasta 2 años (60% descuento): 9,83 euros.
- Prórroga de vigencia de permisos y licencias hasta 3 años (40% descuento): 14,75 euros.
- Prórroga de vigencia de permisos y licencias hasta 4 años (20% descuento): 19,67 euros.
¿Qué se necesita para renovar el carnet de conducir?
La documentación necesaria para renovar el carnet de conducir varía dependiendo del método que se escoja para realizar la renovación. En caso de que se realice desde un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, se tienen que entregar estos documentos:
- DNI o Pasaporte.
- Informe de aptitud psicofísica expedida por el propio Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
- En este mismo centro se obtiene el informe, se paga la tasa y hacen la fotografía para el carnet, teniendo que firmar allí también la solicitud.
En caso de que la prórroga se ejecute desde las oficinas de Tráfico o Jefatura, la documentación necesaria es la siguiente:
- Impreso oficial de solicitud de renovación del permiso relleno. En el Impreso oficial se puede autorizar expresamente a la DGT a comprobar telemáticamente el domicilio de empadronamiento y del IAE. No obstante, si la DGT no obtiene información válida, se tiene que aportar la documentación.
- Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Hay que tener en cuenta que el informe caduca a los 90 días hábiles de su expedición.
- Justificante de la compra de la tasa correspondiente, aportando el número de la misma o el resguardo del pago.
- Fotografía original actual de 32x26 milímetros en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación (a excepción de las personas que por religión lleven velo).
Estos documentos son lo único que se necesita, pues no hay que superar ningún examen. Aquellas personas que tengan que renovar el permiso, deben de saber que pueden hacerlo desde 3 meses antes a la fecha de caducidad. El hecho de hacerlo antes de que se cumpla el documento no significa que se pierdan días de validez, porque se sigue renovando a partir de la fecha que aparece en el carnet.
Por último, hay que señalar que se puede renovar el carnet de conducir aunque este ya esté caducado, aunque no se puede conducir hasta que no se obtenga el mismo. Como sí se puede conducir es con el permiso provisional que conceden en el momento de renovación hasta que llegue el nuevo carnet, por un periodo máximo de 3 meses y solo en España.
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