El RD 30/2020 sobre la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero dedicaba un espacio a la nueva prestación del SEPE para trabajadores fijos discontinuos. De este modo, si cuentas con un contrato con alta a la Seguridad Social temporal, te contamos cómo solicitar al SEPE la prestación para fijos discontinuos.
Recuerda que esta prestación para contrato fijo discontinuo la puedes cobrar tanto si consigues un puesto de trabajo en el periodo en que cubre esta prestación por desempleo como si la oportunidad laboral llega más tarde.
Beneficiarios de la nueva prestación por desempleo para fijos discontinuos
Antes de que te expliquemos cómo solicitar al SEPE la prestación para fijos discontinuos, vamos a ver si eres beneficiario de esta nueva prestación por desempleo del INEM.
Recuerda que esta prestación extraordinaria no consume tiempo de paro y ayudará a los sectores más afectados por la pandemia sanitaria. Eso sí, tendrás que estar dado de alta como demandante de empleo en el SEPE.
Podrán solicitar esta prestación por desempleo para fijos discontinuos:
- Los contratos fijos discontinuos afectados por ERTE que ya no tengan periodos de actividad. Esto puede ser por ejemplo en el sector hostelería y turismo.
- Los fijos discontinuos que tienen el cobro del paro activo y hayan terminado de cobrar subsidio por desempleo y prestaciones. En estos casos tienen que ser trabajadores sin empleo por el Covid19 o trabajadores que no se incorporaron a su puesto de trabajo también por el coronavirus.
Cómo pedir la prestación extraordinaria para fijos discontinuos
La solicitud de la prestación extraordinaria para fijos discontinuos se realiza a través de la Sede Electrónica del SEPE. En este caso, es la empresa y no el trabajador el que tiene que presentar la documentación para hacer efectivo el cobro de la ayuda económica.
En la solicitud para cobrar la prestación extraordinaria para fijos discontinuos deben aparecer los empleados afectados y los que cuentan con un contrato temporal para determinadas fechas.
Si eres un trabajador en ERTE afectado por la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero que también aparece en el RD 30/2020, y que estás sin trabajar porque ya terminó una temporada alta, la empresa tiene 15 días desde que acabó esa actividad para pedir la prestación extraordinaria por desempleo al SEPE.
En el segundo caso, cuando ya has terminado de cobrar cualquier tipo de prestación SEPE, agotando el cobro del paro y sin cobrar subsidio de desempleo, eres tú mismo como trabajador el que debe solicitar la ayuda económica al INEM.
Pinchando aquí puedes acceder a los requisitos del SEPE y conseguir los modelos a presentar.
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