
Son muchas, las personas que tras perder su empleo de manera involuntaria se encuentran que no han cotizado lo suficiente para acceder a la prestación contributiva por desempleo. En estos casos cuando el trabajador carece de ingresos, es vital el cobrar una prestación o subsidio que le ayude económicamente hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), Seguridad Social (INSS) o las Comunidades Autónomas cuentan con diferentes programas de ayudas económicas destinadas a personas en situación de desempleo tengan o no familiares a cargo.
A continuación, explicamos que ayudas pueden solicitar las personas sin ingresos, sus cuantías y donde las deben de solicitar.
Ayudas asistenciales del SEPE
Las ayudas asistenciales son los subsidios por desempleo a los que los trabajadores pueden acceder, bien tras consumir el paro o que tras perder un empleo no tengan derecho a paro. Estas ayudas cuentan con un importe igual, 463,21 euros al mes y la duración dependerá del subsidio a que se acoja.
Así, el SEPE cuenta con los siguientes subsidios por desempleo:
- Subsidio extraordinario para mayores de 45 años
- Subsidio para mayores de 52 años
- Ayuda para las víctimas de violencia de género
- Ayuda familiar
- Prestación por incapacidad temporal
- Renta Agraria
Para acceder a estas ayudas será necesario estar en situación legal de desempleo, carecer de ingresos superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (750 euros al mes) y firmar el compromiso de actividad del SEPE.
En el caso de reunir los requisitos exigidos por el Servicio Público de Empleo, estas ayudas se podrán solicitar desde la Sede Electrónica del SEPE, a través del formulario de prestaciones-solicitud o de manera presencial en las oficinas de empleo. Este último paso es necesario contar con cita previa.
Si tras agotar estas ayudas se siguiera sin ingresos suficientes y sin empleo, se podrá optar a las ayudas extraordinarias por desempleo.
Ayudas extraordinarias
Las ayudas extraordinarias por desempleo son las últimas ayudas a las que los trabajadores en situación de desempleo pueden acceder. Existen dos, la renta activa de inserción y el subsidio extraordinario por desempleo.
La Renta Activa de Inserción o RAI es un subsidio destinado a colectivos con grandes dificultades para encontrar empleo. Tiene una cuantía de 463,21 euros al mes y se cobra durante 11 meses con la posibilidad de solicitarse hasta un máximo de tres veces.
En este artículo se explica como solicitar la RAI y los requisitos que se deben de reunir.
El subsidio extraordinario por desempleo o SED es una prestación de 463,21 euros al mes que se puede cobrar por una duración máxima de seis meses. No existe la posibilidad de prorrogas o renovación. Es decir, cuando se acabe de cobrar esta ayuda será la última por parte del SEPE.
Ingreso Mínimo Vital
Es la ayuda de la Seguridad Social para familias sin ingresos económicos suficientes en situación de vulnerabilidad. Para acceder a ella se deberá contar con una serie de requisitos tales como tener entre 23 y 65 años y no superar el umbral de ingresos establecido por el INSS.
Este umbral dependerá de los miembros que conformen esa unidad de convivencia. A más miembros, mayor será ese límite de ingresos económicos. En el siguiente artículo hay una clara guía sobre todo lo que hay que saber sobre el ingreso mínimo vital.
Ayudas de las Comunidades Autónomas
Por su parte, las Comunidades Autónomas cuentan con las denominadas Rentas de Inserción o Salarios Sociales. Estas están destinadas a familias sin ingresos y en grave riesgo de exclusión social. Las mayorías de estas son complementarias con el cobro del ingreso mínimo vital.
Hay que aclarar qué, el hecho de conceder las dos ayudas no significa que se cobren a la vez, sino que una complementará a la otra para conseguir ese nivel mínimo de ingreso que regula la Seguridad Social.
Las cuantías de cada salario social dependerá de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, Navarra cuenta con una de las más altas y por lo que se ingresa un total de 1.221,60 euros, seguida de Cataluña con 1.122 euros. Por el contrario, Ceuta con 420 euros y Canarias 667,75 euros son las más bajas de España.
Para solicitarlas se debe de acudir a los Servicios Sociales de la Comunidad donde se resida.
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