El sueldo de un cura siempre ha sido una pregunta recurrente entre quienes buscan saber cuánto paga la Iglesia católica a sus sacerdotes, obispos e incluso al Papa León XIV. Hace unos días, el religioso Gonzalo Portillo revelaba en una entrevista para ‘La pura verdad’ que los curas en España cobran un salario mínimo, con una nómina incluso por debajo del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) que en 2025 es de 1.184 euros en 14 pagas o 1.381 euros en 12 pagas.
Ahora, ¿cuánto gana una monja?, ¿tienen un sueldo como tal? La religiosa Sor Marta (@sormarta.osb) de la Orden Benedictina, es muy conocida por los tiktokers por su capacidad de conectar con la gente joven a través de sus redes sociales. Hace unos meses, por ejemplo, revolucionaba la red con la noticia de que en su monasterio se podían realizar prácticas de monja durante el verano. En esta ocasión, ha querido dar respuesta a una pregunta que le dejaba una seguidora en su perfil. ¿Estás cobrando algún sueldo?
Para ponerla en contacto, comienza a explicar que “los sacerdotes diocesanos que no son religiosos tienen un sueldo del Obispado, y el obispo es el que está encargado de la espiritualidad del sacerdote, de que estén bien y también de que puedan vivir, lógicamente”.
“Las monjas y los monjes somos autónomos”
Entonces, el salario de las monjas y de los monjes es inexistente, como deja claro en su grabación. “Somos autónomos totalmente, por lo que no recibimos sueldo de ningún sitio, ni del Estado, ni de la X de la Iglesia (en la declaración de la Renta), ni del Obispado ni de nada”.
Aunque esto tiene excepciones y es el caso de las monjas y los frailes que se dedican a la enseñanza como maestros. Algo que no pasa en el monasterio en el que vive “donde no damos clases ni nada de eso”, el único dinero que recibimos es de los dulces, del museo o de la cosmética, es decir, de lo que vendemos”.
Su situación, por tanto, es la de estar dadas de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y pagar a la Seguridad Social como hace cualquier trabajador por cuenta propia. También señala que “cotizamos todos los meses para poder tener nuestra jubilación”.
Es decir, “que una monja cuando no tiene un sueldo así… por fuera, cuando se jubila sí que lo tiene”.
¿Puede jubilarse una monja?
La Conferencia Episcopal Española ha señalado que cerca de 33.000 personas en nuestro país son religiosos, de los que 7.906 son monjas y monjes de clausura. La Administración los considera trabajadores autónomos y es que desde el 21 de enero de 1982, con el RD 3325/1981 del 29 de diciembre, se incorporaba al Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos a los religiosos de la Iglesia Católica siempre que sean españoles, mayores de 18 años y estén en monasterios, órdenes, congregaciones, institutos o sociedades de Vida Común, de derecho pontificio inscritos en el Registro de Entidades Religiosa del Ministerio de Justicia.
Así, este colectivo cotiza para acceder luego a una pensión de jubilación y para calcular la pensión deberán tenerse en cuenta las bases reales de cotización que se acrediten durante el periodo que integre la base reguladora.
La pensión a capitalizar, por tanto, es el resultado de la aplicación a la base reguladora del porcentaje obtenido de multiplicar por 3,33 el número de años reconocidos como cotizados a la Seguridad Social.

