El fin de año se acerca y son muchos los emprendedores que intentan conocer: ¿Qué va a pasar con la cuota de autónomos a partir de 2025? Sobre todo aquellos que iniciaron su actividad laboral en este año y disfrutan de la Tarifa Plana, una bonificación de la Seguridad Social por la que los nuevos cotizantes del RETA solo pagan 60 euros al mes durante el primer año y es extensible por un año más.
La Seguridad Social ha querido poner en alerta a todos ellos, ya que si no cumplen con un requisito especial, es posible que puedan perder esta ayuda sobre las cuotas mensuales. Actualmente, durante el primer año se pagan 60 euros al mes de cuota, extensible en un segundo año, con un importe de 80 euros al mes.
¿Cuándo se pierde la Tarifa Plana de la Seguridad Social?
Existen dos supuestos en los que los trabajadores por cuenta propia pueden perder la Tarifa Plana. Una es a los dos años de beneficiarse de la bonificación. Esta es la duración máxima permitida por el Real Decreto-Ley 13/2022, por lo que, en otras palabras, a los dos años ya no tendrán derecho de recibirla y la perderán. Desde ese momento, comienzan a cotizar por el sistema de rendimientos netos (ingresos reales).
La segunda tiene que ver con incumplir un requisito fundamental. Únicamente tienen derecho a renovar por segundo año consecutivo la Tarifa Plana los emprendedores que durante el primer año de actividad tengan unos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Esto quiere decir que todos aquellos dados de alta en la Seguridad Social a finales de 2023 y en 2024, solo podrán renovar la bonificación de la cuota mensual cuando sus ingresos netos hayan sido inferiores a los 1.134 euros al mes, repartidos en 14 pagas al año. Si se supera ese límite, automáticamente no tienen derecho a disfrutarla por un segundo año.
Los autónomos que se dieron de alta en 2023 perderán a lo largo de 2025 el derecho a la Tarifa Plana. Además, los que se dieron de alta en 2024 también podrían perder el derecho a esta bonificación si durante ese segundo año tienen unos beneficios superiores al SMI, que actualmente son 15.876 euros anuales.
Casos excepcionales que no pierden la Tarifa Plana en 2025
Como también recoge la normativa legal, hay ciertas excepciones para algunos colectivos especiales. El primero es el de las personas con una discapacidad igual o superior al 33% y el segundo, las que hayan sido víctimas de terrorismo o de violencia de género.
Ambos podrían disfrutar de entrada de dos años de tarifa plana iniciales, ampliables a otros 36 meses más, si no superan el SMI, en el segundo periodo. Por lo tanto, podrían conservar en 2025 la Tarifa Plana, aún cuando se hayan dado de alta en 2023 y superen el SMI.
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