Los 27 estados miembro de la Unión Europea han dado luz verde a la conocida como Ley Rider europea. Basándose en la normativa española, impulsada por Yolanda Díaz, constituye la primera norma comunitaria que lucha contra los falsos autónomos y regula el estatus laboral de los trabajadores de plataformas de reparto a domicilio, como Glovo, Just Eat o Uber Eats.
El Consejo ha adoptado el acuerdo provisional que se alcanzó el pasado 8 de febrero de 2024 dentro de las negociaciones del Parlamento Europeo. En dichas reuniones se fraguó la directiva sobre el trabajo en plataformas tras dos intentos fallidos previos, debido a las reticencias de otros estados (ejemplo, Francia y Alemania).
Desde España, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, argumentó que esta normativa “no es un acuerdo perfecto y no entusiasma”, porque podría desembocar en una protección desigual de los trabajadores. Sin embargo, prefirió apoyarlo para ponerse de parte de Europa.
A partir de este acuerdo, queda abierto el plazo de dos años para incorporar las disposiciones de la directiva en la legislación nacional. ¿Qué promete mejorar esta nueva ley?
Puntos clave de la Ley Rider europea
Según el acuerdo, los estados miembro deberán establecer una presunción legal de empleo en sus sistemas legales que se activará cuando se encuentren hechos que indiquen control y dirección que se determinarán de conformidad con la legislación nacional y los convenios colectivos, teniendo en cuenta la jurisprudencia de la UE.
Además, los trabajadores de plataformas digitales, sus representantes y las autoridades competentes de cada país (en España, la Inspección de Trabajo) podrán invocar esta presunción legal y alegar que están “mal clasificados”, recogen desde EP. Al mismo tiempo, la plataforma tendrá que acreditar que no existe ninguna relación laboral.
Dentro de la directiva europea también se regulará un sistema automatizado de seguimiento y de toma de decisiones sobre la contratación, las condiciones de trabajo y los ingresos.
Quedará totalmente prohibido el uso de sistemas automatizados de seguimiento o de toma de decisiones para el tratamiento de datos personales, como los datos biométricos o su estado emocional o psicológico.
Por último, la norma garantizará la supervisión y evaluación humana de las decisiones automatizadas, incluido el derecho a que las decisiones puedan ser revisadas.
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