El Ministerio de la Seguridad Social ha logrado cerrar un acuerdo para reformar las jubilaciones en España con los agentes sociales. Entre las medidas adoptadas por esta reforma, destacan las mejoras para las personas que decidan retrasar su retiro laboral, ya que ahora la “recompensa” pasará a ser mayor. Y, en este punto, los autónomos han sido especialmente beneficiados, después de años de reivindicación.
Principalmente, porque los trabajadores por cuenta propia van a poder cobrar más pensión que ahora si deciden retrasar su jubilación. Incluso, van a poder acceder al 100% de la pensión en la jubilación activa aunque no tengan empleados contratados, que es algo que actualmente les es imposible (en la actualidad, aquellos que no tienen trabajadores a cargo solo pueden cobrar el 50%).
Sin embargo, con esta reforma, que todavía tiene que ser aprobada en el Congreso de los Diputados, se ha creado un nuevo sistema progresivo. Por cada año que se retrasa la jubilación, mayor será el porcentaje de pensión, con la posibilidad de llegar al 100% aunque no se tengan empleados. En concreto, estos son los porcentajes en función de la demora que se han pactado en el texto con la patronal y los sindicatos:
- 1 año de demora 45% de pensión.
- 2 años: 55%.
- 3 años: 65%.
- 4 años: 80%.
- 5 años: 100%.
Esta medida ha sido celebrada por el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, resaltando que hasta ahora “los autónomos en jubilación activa cobraban un 50% de pensión -si no tenían empleados- y se quedaban en ese 50%” y, ahora, con esta reforma, “se aumentará un 5% cada año hasta llegar al 100%”. Además, ha destacado que, por primera vez, “esto afectará de igual modo a todos los autónomos, persona física y societarios y ya no será necesaria la carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa”, en declaraciones recogidas por ‘Autónomos y Emprendedores’.
Cómo queda la jubilación activa de los autónomos si tienen empleados a cargo
Por su parte, en el caso de los autónomos que sí tengan empleados, también varía el porcentaje inicial de compatibilidad si deciden acogerse a la jubilación activa, donde, al contrario que en el caso anterior, ha habido un recorte (si bien solo inicial).
Es así porque ahora, de inicio, podrán cobrar un 75%, “en el supuesto de que la actividad se realice por cuenta propia y se acredite tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena con carácter indefinido con una antigüedad mínima de 18 meses; o si se contrata con carácter indefinido a un nuevo trabajador por cuenta ajena que no haya tenido vínculo laboral con el trabajador autónomo en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa”, explicó la Seguridad Social.
Este porcentaje subiría cinco puntos por cada año más que demoren su retiro hasta llegar al 100%, porcentaje al que antes de esta reforma podían acceder directamente.
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