Tener un hijo da derecho a ciertas ayudas y prestaciones del Gobierno de España. Uno de esos beneficiarios son los trabajadores autónomos que tienen hijos recién nacidos y que necesitan un extra de dinero para el cuidado y crianza del bebé. Y es que hay algunas nuevas, como la incluida en la nueva Ley de Familias, aprobada recientemente por el Ministerio de Asuntos Sociales, pero también otras como las dirigidas por la Seguridad Social.
Cabe destacar que esas ayudas estatales para el cuidado o nacimiento de menores no son las únicas que pueden disfrutar los trabajadores por cuenta propia o contribuyentes. Algunas comunidades autónomas ofrecen ayudas específicas para favorecer la conciliación familiar o fomentar la natalidad entre los autónomos.
Todas las prestaciones por nacimiento y cuidado del menor que pueden solicitar los autónomos
El Gobierno permite cobrar varias ayudas para que los autónomos puedan dedicarse a la crianza de los hijos recién nacidos. Corresponden con las detalladas a continuación.
Prestación de maternidad y paternidad
Esta prestación equivale con una ayuda para todas aquellas personas que acaban de convertirse en padres y pueden recibir el 100% de la base reguladora para autónomos. En la práctica, esta equivale a la establecida para la incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
La prestación por nacimiento de un hijo la pueden cobrar ambos progenitores durante las 16 semanas que dura el retiro de maternidad y paternidad.
Una de las bonificaciones que presenta dicha prestación es que durante esa baja, los trabajadores por cuenta propia que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no están obligados a abonar sus cuotas a la Seguridad Social. Así lo refleja el artículo 38 del Estatuto del Trabajo Autónomo.
“Durante los periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o de lactancia. Siempre que este periodo dure un mínimo de un mes, se tiene derecho a una bonificación del 100% de la cuota de autónomos”, recoge el texto legal.
Cabe mención que esa normativa no distingue entre el régimen a jornada completa o parcial, por lo que los autónomos que compatibilicen su actividad con el 50% de la prestación, también tienen derecho a no pagar la cuota mensual.
Ayudas para familia numerosa, monoparentales o con discapacidad con bajos ingresos
Consiste en una ayuda de 1.000 euros, recibidos en un pago único, que reciben los progenitores que trabajan por cuenta propia, siempre que sus familias tengan la condición de familia numerosa o familia monoparental.
La ayuda puede solicitarse en la Seguridad Social desde el día siguiente al nacimiento o adopción del bebé. Se deberá presentar el modelo de solicitud y la documentación necesaria en cualquiera de los centros de atención e información de esta administración pública.
Ayuda por el complemento a la infancia para familias vulnerables
Desde 2022 está en vigor un nuevo complemento para la ayuda a la crianza de los hijos, que lo perciben los padres perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) por cada menor de edad en la unidad de convivencia. En función de la edad cumplida el día 1 de enero del 2023, estas son las cuantías:
- 100 euros, cuando los hijos son menores de 3 años.
- 70 euros, cuando los hijos tienen entre tres y seis años.
- 50 euros, cuando los hijos tienen entre seis y 18 años.
Bonificación de las cuotas para contratar a un cuidador familiar
Cuando es necesario contratar a una persona que permita conciliar la vida familiar y laboral, existe la posibilidad de recibir una bonificación de hasta el 45% de las cuotas de autónomos a la Seguridad Social. El requisito es que la unidad de convivencia tenga la consideración de familia numerosa o monoparental.
Ayuda de 100 euros de Hacienda para las madres trabajadoras
Corresponde con la comúnmente conocida como ‘Deducción por maternidad’ y a ella pueden acceder todas las trabajadoras por cuenta propia que puede aplicarse en la Declaración de la Renta o recibirse en cada mensualidad.
El dinero a cobrar total es de 1.200 euros para las madres con hijos menores de tres años. Ese abono anticipado es de 100 euros para familias numerosas de categoría general o de 200 euros, si son familias numerosas de categoría especial.
Como apuntan desde Autónomos y Emprendedores, desde 2018, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa, pero que superen el número mínimo de hijos que otorga la condición, se pueden incrementar hasta 600 euros al año. Eso sí, hay que acreditar que se está de alta en el RETA de la Seguridad Social, aunque las familias numerosas también pueden aplicarse a los desempleados con cese de actividad y a los pensionistas.
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