Una de las medidas que fueron tomadas por el Gobierno para hacer frente a la pandemia fue emitir ayudas directas a los trabajadores autónomos. Para ello, un año después de estallar la crisis sanitaria, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 5/2021, donde se recogieron las medias extraordinarias que se iban a llevar a cabo para apoyar la solvencia empresarial, como fueron: las ayudas directas a trabajadores en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la ampliación de la moratoria concursal y la reestructuración de los préstamos ICO.
Las ayudas directas a trabajadores autónomos de la Seguridad Social exigen que los autónomos sigan dados de alta el RETA hasta junio de 2022. De no ser así, marcaban como condición, que tengan que devolver todas las ayudas percibidas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Muchos negocios inviables se quedaron sin ayudas en el proceso de selección de beneficiarios, ya que hubo autónomos que cursaron pérdidas en el ejercicio de 2019 o no pertenecen a alguno de los 95 sectores que marcó el Gobierno como filtro. De los autónomos que sí lo pasaron, muchos podrían cerrar su negocio y teniendo que devolver todas estas prestaciones a la Seguridad Social.
¿Qué autónomos tendrán que devolver el íntegro de la ayuda?
Según recoge el mencionado Real Decreto-Ley, “la empresa beneficiaria de estas ayudas deberá justificar ante el órgano concedente el mantenimiento de la actividad que da derecho a las ayudas a 30 de junio de 2022. En caso contrario, procederá al reintegro de las ayudas percibidas”. Así que, sí; como se justifica en el texto legal, se tendrá que devolver el importe íntegro de la subvención percibida.
Esta situación puede acarrear un doble problema para los trabajadores por cuenta propia, ya que podrían quedarse sin fuente de ingresos por no soportar los problemas de la crisis económica y cerraron los negocios. A esto se suma que tendrán que devolver unas ayudas directas entre 4.000 y 200.000 euros. Todavía no han trascendido datos de cuántos autónomos se prevé que se den de baja antes de junio.
Al respecto se ha pronunciado el presidente de Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), ha señalado que “llevamos un año bastante complicado, viviendo una pandemia nunca vista hasta el momento. 2020 ha sido horrible para miles de autónomos que han tenido que reducir sus plantillas, soportar pérdidas de las cuales no saben si se van a recuperar y quizás se verán obligados a echar el cierre en la ruina más absoluta."
El Gobierno aporta nuevas ayudas directas a autónomos
Los trabajadores autónomos que quieran acceder a las nuevas ayudas emitidas a principios de marzo, deberán demostrar que el conjunto de sus declaraciones trimestrales de IVA de 2020 declaradas a la Seguridad Social fueron, como mínimo, un 30% menos que en 2019. Estas ayudas directas tienen carácter finalista, es decir, que los autónomos no podrán destinarlas a los conceptos recogidos por la norma.
Las subvenciones podrán cubrir la deuda que tengan los autónomos y realizar pagos a proveedores y acreedores, también cubrir los costes fijos incurridos por los trabajadores autónomos y empresas considerados elegibles, siempre que hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor del decreto-ley.
Como ocurre en cualquier otra prestación, los autónomos tienen que hallarse al corriente de pago de sus obligaciones por reintegro de subvenciones y ayudas públicas; y al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social.
El Gobierno lleva un tiempo refiriéndose a la condición de viabilidad para acceder a estas ayudas directas. Esta viabilidad podría consistir: o bien, que en la declaración del IRPF de 2019 no se hubiese declarado un resultado negativo por las actividades económicas en las que hubiera aplicado el método de estimación directa; o bien, que la concesión de las ayudas estará ligada al mantenimiento de la actividad hasta junio de 2022. Por fin, se ha sabido que la condición de viabilidad recae en esta última.
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