¿Se puede cruzar un paso de cebra en moto, patinete o bici? Multas de hasta 200 euros para quien no respete la norma

Un paso de cebra es esencial para ordenar el tráfico entre peatones y coches.

¿Se puede cruzar un paso de cebra en moto, patinete o bici? Multas de hasta 200 euros para quien no respete la norma |Diario de Mallorca
Fecha de actualización:

Quién no ha cruzado alguna vez por un paso de cebra montado en bicicleta o en patinete eléctrico para llegar a la otra acera o incorporarnos a una calle. Al menos de niño, seguro que lo hiciste alguna vez de forma casi inconsciente. Una escena tan inocente como temeraria, o al menos en lo que a infracciones se refiere.

Cruzar un paso de peatones montado en bici, en un patinete eléctrico o hasta en una moto sin bajarse del vehículo, lejos de ser simplemente una acción cómoda y efectiva, se considera una infracción aunque depende del vehículo concreto y de la situación. Así lo detalla el Reglamento General de Circulación (RGC), que junto a las normativas municipales, regulan este tipo de normas sobre el uso de las vías públicas en España.

Muchos lo hacen simplemente por el tamaño de su vehículo, aprovechando que es pequeño y que por lo general no suelen cumplir con las mismas normas de tráfico que los vehículos grandes. Pero esto no es del todo correcto, lo que provoca incluso que te puedan poner una multa por cruzar la calle, cuando lo hagas subido en alguno de estos vehículos.

La Dirección General de Tráfico (DGT) lo deja claro: el paso de cebra, concebido para proteger al peatón, constituye un área donde cambian por completo las reglas de prioridad y circulación. De hecho, su característico diseño a franjas tiene un objetivo claro: hacer más visibles a las personas que están cruzando.

El contraste entre el blanco y el negro permite identificar fácilmente estas marcas tanto de día como de noche, incluso cuando la iluminación es deficiente. Además, las líneas provocan un efecto visual que capta la atención de los conductores y les advierte de la necesidad de aminorar la marcha.

Motocicletas y patinetes eléctricos: multas de hasta 200 euros

En relación con los patinetes y motocicletas eléctricas (considerados Vehículos de Movilidad Personal o VMP), la normativa no falla. La DGT determina que estos vehículos no disfrutan de prioridad frente a los que transitan por la calzada al acercarse a un paso de peatones.

Para atravesar un paso de cebra de forma legal, los usuarios de motos o VMP deben detenerse y ceder el paso siempre a los peatones que estén cruzando o vayan a hacerlo. Intentar pasar montado sobre el vehículo usando el paso de cebra puede interpretarse como una invasión de un espacio reservado exclusivamente para peatones. La única manera de conservar la condición de peatón y, por tanto, la prioridad, es bajarse y cruzar empujando el vehículo. Incumplir esta obligación puede tener sanciones importantes, que en el caso de estos vehículos pueden alcanzar los 200 euros por considerarse una infracción grave.

Las bicicletas son una excepción

En cuanto a las bicicletas, existen matices, aunque la regla general es similar. El Reglamento General de Circulación establece que un ciclista solo tendrá prioridad en un paso si este está habilitado específicamente para bicicletas y señalizado con las marcas correspondientes (como cuadrados o líneas paralelas discontinuas).

Cuando el paso es únicamente peatonal, el ciclista debe comportarse como un peatón para obtener prioridad: bajarse de la bicicleta y cruzar caminando. Si lo hace montado, pierde dicha prioridad y puede ser sancionado. Muchos municipios, entre ellos Madrid y Barcelona, han reforzado este criterio en sus normativas de movilidad, donde se detalla que, mientras se circule montado, la bicicleta se considera un vehículo y no puede ocupar un paso peatonal con preferencia. Por ello, es fundamental revisar las ordenanzas locales, ya que suelen definir con precisión el tipo de sanción aplicable.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Últimas noticias