A veces, la exigencia de los clientes parece no entender ni las normas ni los derechos de los trabajadores. Un claro ejemplo es lo que ha ocurrido en el Restaurante Las Cumbres, en Cabezo de Torres (Murcia), donde unos clientes querían comer en la terraza sin importarles el calor ni el bienestar de los empleados. El dueño del establecimiento tuvo que frenar a los clientes para proteger a sus trabajadores.
En la publicación difundida a través de la red social X (antiguamente Twitter), el restaurante ha compartido una conversación con unos clientes que querían sentarse en la terraza al mediodía. Los clientes pidieron comer en la terraza del establecimiento, a lo que el dueño respondió “Al medio día la terraza la tenemos cerrada porque hace mucho calor”. A esta respuesta los clientes respondieron “No nos importa que haga calor, queremos la mesa fuera igualmente”. El dueño quiso zanjar la discusión a pesar de perder unos comensales, con lo que su respuesta fue “No, no es por ustedes, es que no vamos a tener a un camarero trabajando a más de 40 grados en la calle”.
Esta conversación se ha hecho viral en la red social elogiando la actitud del empresario a favor de defender los derechos de sus trabajadores. Algunos de los comentarios con más likes y compartidos son “Esta actitud os honra y debería ser ejemplo para toda la hostelería”, “Ojalá siempre se mirara por los trabajadores...".
Así como hubo adoradores, también hubo detractores, que acusaron a la cuenta de puro marketing, aprovechando la tendencia de la ola de calor. Otros lo acusan de no abrir de la terraza para ahorrarse el sueldo de un trabajador, lo que hace ver que ante cualquier actuación siempre habrá puntos de vista diferentes.
Qué dice la ley sobre trabajar a altas temperaturas
España vive una de las mayores olas de calor de su historia y muestra de ello son los continuos avisos de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) que ha activado alertas en varias zonas de la Península. Las altas temperaturas afectan, pero sobre todo a los trabajadores.
De hecho, el Real Decreto 486/1997, establece las temperaturas recomendables para los centros de trabajo debe entre 17 y 27 ºC para trabajos sedentarios y entre 14 y 25 ºC para trabajos ligeros. Además, la norma dice que “en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores”
Por otro lado, la Directiva 2004/37/CE estipula que la temperatura en el lugar de trabajo no debe superar los 32 ºC. Asimismo, el artículo 4.2.d) del Estatuto de los Trabajadores garantiza la integridad física y la adecuada política de prevención de riesgos laborales. Justo en este sentido, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales exige “un adecuado nivel de protección de la salud laboral frente a estos riesgos”.
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