Cambia el DNI permanente: todas las personas que lo tengan deberán renovarlo antes de agosto de 2031

El documento pasará a tener una fecha de caducidad simbólica, sustituyendo el formato actual del carnet para mayores de 70 años.

Unos agentes de la Policía Nacional renovando el DNI a una persona |Yvonne Iturgaiz - El Correo
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El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el principal elemento identificativo que utilizan los españoles y es necesario para multitud de trámites como pedir un subsidio o ayuda, viajar por Europa, votar o abrir una cuenta bancaria. Este documento es necesario renovarlo cada cierto tiempo, aunque existe una versión para mayores de 70 años o que tienen una gran invalidez que no necesita ser renovado: el DNI permanente. Aunque esto está cambiando y ahora sí que será necesario renovarlo.

Los ciudadanos que cuentan con un DNI permanente deberán renovarlo antes del 3 de agosto de 2031, fecha límite establecida por la normativa europea para la eliminación progresiva de estos documentos. Es decir, que desde Europa se pretende ir eliminando esta versión del documento español de identidad progresivamente, según han asegurado desde el Gobierno y recoge el medio La Vanguardia.

En una respuesta escrita al senador del PP José Antonio Monago, el Ejecutivo ha confirmado que los ciudadanos con DNI permanente deberán renovarlo antes del 3 de agosto de 2031. La aclaración surge tras el caso de un hombre al que se le prohibió volar por disponer de este tipo de documento.

Hasta ahora, el DNI permanente se entregaba a mayores de 70 años y, de forma excepcional, a personas mayores de 30 con una gran invalidez reconocida. Su característica principal era que no requería renovación, lo que simplificaba los trámites para personas mayores o con movilidad reducida.

No obstante, el Ejecutivo ha explicado que esta modalidad dejará de estar vigente debido a la aplicación del Reglamento de la Unión Europea 2019/1157 (publicado en el BOE), que impone nuevos estándares de seguridad. Dicho reglamento determina que los documentos que no cumplan los nuevos requisitos “dejarán de ser válidos a su expiración o, como máximo, el 3 de agosto de 2031”. La medida afecta sobre todo a los DNI emitidos entre 1990 y 2006 con validez indefinida. Hasta entonces, seguirán siendo válidos y podrán renovarse voluntariamente y sin cita en las Unidades de Documentación.

Un nuevo formato para el DNI europeo

Con la entrada en vigor del nuevo modelo, desaparece el término “permanente” en el apartado de validez. En los DNI de mayores de 70 años se indicará una fecha simbólica de caducidad 01-01-9999 siguiendo el formato europeo. El Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, que regula el Documento Nacional de Identidad, establece una validez superior a 10 años para las personas mayores de 70, adaptándose así a la normativa comunitaria.

Además, los ciudadanos podrán aprovechar las funciones avanzadas del nuevo DNI electrónico europeo, que integra certificados de firma y autenticación para gestiones digitales. Toda la información y los servicios asociados están disponibles en www.dnielectronico.es y en el portal MiDNI, donde es posible registrar y activar la versión digital.

El caso que motivó la aclaración del Gobierno

La explicación del Ejecutivo se produce tras el conocido “caso Ryanair”, en el que un ciudadano de 89 años, identificado como L.C., no pudo embarcar en un vuelo de Eindhoven a Reus porque su DNI permanente no fue aceptado por la aerolínea.

Ryanair argumentó que el documento no cumplía los requisitos de viaje, lo que ocasionó perjuicios y gastos al afectado y su familia. La compañía defendió su decisión asegurando que corresponde a cada pasajero comprobar que su documentación sea válida en el país de origen y destino.

Por su parte, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible aclaró que, al haberse producido el incidente en Países Bajos, la autoridad competente para investigar el caso es la aviación civil neerlandesa, responsable de aplicar la normativa europea.

Actualmente, el DNI español permite viajar dentro de la Unión Europea y también es válido para acceder a países como Albania, Andorra, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Moldavia, Montenegro, Macedonia del Norte, Noruega, San Marino, Serbia, Suiza y el Vaticano.

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