El Sistema Nacional de Empleo en su amplio programa de ayudas de protección a desempleados cuenta con varios subsidios o ayudas económicas en las que para poder optar a ellas es necesario respetar el mes de carencia.
El SEPE advierte que este es uno de los requisitos imprescindibles para poder solicitar los diferentes subsidios a los que se puede optar después de haber finalizado el cobro de la prestación contributiva, más conocida como el paro u otro subsidio.
Este requisito obligatorio es bastante cuestionado por los desempleados ya que durante ese tiempo se encuentran totalmente desprotegidos económicamente al no cobrar ningún tipo de ayuda, pero deben de seguir realizando otro tipo de acciones también obligatorias ante el INEM.
Este mes de carencia o de espera empezó a aplicarse en el año 2011 con el fin de disminuir el gasto económico en prestaciones de desempleo al Gobierno de España, pero que perjudica directamente a los parados.
Por lo general quien accede de una ayuda a otra son personas que se encuentran en una situación muy vulnerable, y el tener que esperar un mes por obligación hasta poder solicitar otra ayuda, supone un verdadero problema. Durante este tiempo el desempleado tiene una serie de obligaciones que se detallan a continuación.
Obligaciones del desempleado durante el mes de carencia
Durante los 30 días que el desempleado debe de esperar desde que se le finalizó el paro o subsidio hasta que puede pedir otro subsidio, debe de cumplir ante el SEPE con las siguientes obligaciones:
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Estar inscrito como demandante de empleo
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Renovar la demanda de empleo o tarjeta DARDE
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No rechazar ninguna oferta de trabajo del INEM
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No negarse a participar en acciones de formación o cualquier tipo de llamamiento que se le haga desde las oficinas de empleo
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En algunas ayudas por desempleo es obligatorio la BAE ( búsqueda activa de empleo que supone una serie de acciones que el desempleado debe de demostrar ante los servicios de empleo con un documento)
Plazos para solicitar subsidios tras el mes de carencia
Según al tipo de subsidio u otro, al que el demandante de empleo quiera acceder, tiene un plazo en concreto para poder realizar la solicitud tras este mes de espera.
Es importante recordar que siempre la primera opción después de perder un empleo es solicitar la prestación contributiva (paro) si se tiene derecho a ella, es decir si se ha cotizado al menos 360 días en la Seguridad Social en los últimos 6 años.
Si se ha consumido ya el paro o no se tiene derecho a él, es cuando ya el desempleado accede a los subsidios por desempleo.
Ayuda familiar o subsidio por agotamiento con cargas
Este subsidio del SEPE es para los desempleados que cuentan con cargas familiares y para solicitarlo se deberá de presentar la solicitud de esta ayuda familiar dentro de los siguientes 15 días hábiles después del mes de espera. Este mes de espera o carencia empezará a contar a partir del día siguiente al agotamiento del paro.
Subsidio Extraordinario por Desempleo o SED
Para poder solicitar la SED, el desempleado tiene que llevar un mes inscrito como demandante de empleo desde que agotase la anterior ayuda por desempleo.
Liberados de prisión y emigrantes retornados del extranjero
Para solicitar cualquiera de estos dos subsidios por desempleo, el interesado deberá de dejar transcurrir un mes desde que se inscriba como demandante de empleo ante el SEPE para poder presentar la solicitud.
Es posible ampliar información sobre el subsidio para los liberados de prisión aquí al igual que el de emigrantes retornados del extranjero.
Subsidio para mayores de 52 años
Para acceder a este subsidio de 452 euros al mes, el desempleado mayor de 52 años de edad, deberá de presentar la solicitud dentro de los primeros 15 días hábiles desde que termine el mes de carencia o espera. Este mes de espera comienza desde que el interesado se inscribe como demandante de empleo habiendo cumplido, por supuesto, la edad de los 52 años.
Encontrar trabajo durante el mes de carencia
Se puede dar la situación de que el desempleado durante este mes de carencia o espera para poder solicitar un subsidio, encuentre trabajo. En este caso, el SEPE suspenderá el plazo de los 30 días cuando empiece a trabajar y lo volverá a poner en marcha una vez finalice el contrato temporal y se inscriba como demandante de empleo de nuevo.
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