Seguro Escolar Obligatorio: Todo lo que debes saber

El seguro escolar es un pago que se realiza todos los años y que cuenta con tres tipos de coberturas distintas.

Seguro Escolar Obligatorio: Todo lo que debes saber
Paola Vargas López

El seguro escolar es un pago que se hace cada año que es estudiante o la familia de éste debe realizar a la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y que no mucha gente sabe realmente qué es ni qué coberturas tiene. Esto sucede debido a que tiene un coste muy bajo, casi nadie se preocupa realmente para lo que pueda servir y cómo se pueden beneficiar con él.

Este seguro está destinado a dotar de una protección sanitaria y económica al estudiante, todo a través de unas prestaciones que se conceden desde la Seguridad Social. Se podrá utilizar siempre y cuando el estudiante que esté cubierto por el mismo, sufra una enfermedad, un accidente durante su estancia en el colegio o tenga un infortunio familiar.

Además no solo eso, sino que los estudiantes que vayan a tener acceso a este seguro escolar deberán cumplir una serie de requisitos para ser reconocidos como beneficiarios. Todo ello además de abonar la cantidad económica correspondiente de manera anual, aunque se trata de un precio casi simbólico.

¿Qué es el seguro escolar y qué precio tiene?

El seguro escolar es el seguro que está destinado a proteger a los estudiantes que tengan menos de 28 años y que estén cursando estudios desde tercero de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), hasta el tercer año del grado universitario. Dicha protección se lleva a cabo a través de prestaciones que se pueden dar tanto de manera económica como sanitaria, dependiendo siempre de las necesidades del estudiante en concreto y del contexto en el que se cause la situación en la que el seguro escolar tenga que verse afectado. 

Por otro lado, el precio del Seguro Escolar Obligatorio tiene una cuota anual de 1,12 euros que se deberá de abonar el estudiante en el momento de efectuar la matrícula del curso escolar. En el momento en el que lo abone, se podrá acoger así a los beneficios médicos y económicos que ofrece el tener esta cobertura en caso de necesitarla. 

Para poder pagarlo no será necesario acudir a ningún lugar especial, y es que son los mismos centros docentes los que enviarán las cuotas cobradas a los estudiantes a la Seguridad Social. También es importante señalar que los estudiantes abonan solo el 50%, puesto que el Ministerio de Educación abona el otro 50% al INSS.

Requisitos para poder obtenerlo

Los estudiantes que están cubiertos por este tipo de seguro escolar son varios y pertenecen hasta a cuatro ciclos educativos distintos, aunque todos deben en común una serie de requisitos que cumplan. Estas condiciones son: 

  • Tener menos de 28 años.
  • Ser español o ser extranjero con residencia legal en España. 
  • Estar matriculado en los estudios que cubre el seguro y haber pagado la cuota. Estos estudios que quedan cubiertos son:
    • Tercero y cuarto de ESO.
    • Grado medio, superior y especial en Formación Profesional.
    • Grado medio, superior y doctorado en la Universidad. 
  • Certificar un año de seguro escolar. 

¿Qué cubre el seguro escolar?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social explica que este seguro escolar tiene como fin proteger al estudiante ante tres situaciones que puedan acarrear un problema económico o sanitario. La atención que ofrece y las coberturas que están incluidas dentro de este seguro para los estudiantes se pueden dividir en estas: 

  • Cobertura por accidente escolar.
  • Cobertura por enfermedad.
  • Cobertura por infortunio familiar.

Accidente escolar

En primer lugar, hay que detallar en qué consiste la cobertura por accidente escolar. Esta se da cuando el estudiante sufre algún tipo de lesión o incapacidad dentro del ámbito escolar, ya sea en el centro escolar o el alguna de las visitas que los centros programan fuera del mismo.

En este caso habrá dos tipos de indemnización, por un lado la sanitaria, en la que quedará completamente cubierta la asistencia médica hasta que el alumno se recupere en su totalidad. Por otro lado, también existe la posibilidad de recibir una indemnización económica, este hecho se dará cuando el estudiante sufra una incapacidad permanente.

Enfermedad

La segunda de las coberturas que se incluyen dentro del seguro escolar es en el caso de que el estudiante sufra una enfermedad durante el desarrollo del año académico. En estos casos, el alumno queda protegido en cuánto a la asistencia sanitaria y farmacéutica completa hasta que se recupere o la finalización del curso escolar. 

Es importante detallar que no quedan cubiertos aquellos medicamentos que no estén incluidos dentro de la Seguridad Social. Por lo que, si se diese el caso de necesitar un medicamento más específico, deberá pagar el precio completo el propio estudiante o la familia del mismo. 

Además, también queda integrada la hospitalización del mismo si fuese necesario, todo ello con unos servicios de operación si se diese el caso. Incluso, en algunos de los casos, también se pueden ofrecer los servicios de fisioterapia, radioterapia e incluso cirugía maxilofacial, entre otros. 

Infortunio familiar

La última de las coberturas que están integradas dentro del seguro escolar en favor del estudiante es la dirigida a si sufre un infortunio familiar. Con la denominación ‘infortunio familiar’ se hace referencia a posibles situaciones familiares que obliguen al estudiante a abandonar los estudios, como por ejemplo el fallecimiento del sustento económico de la unidad de convivencia o incluso una situación de pobreza extrema. 

¿Cómo se pide una prestación del Seguro escolar?

Si se dispone de Seguro Escolar y es necesario hacer uso de él, solicitar una prestación, ¿dónde se debe acudir para tramitarlo?, ¿qué documentación hay que presentar?

Si por cualquier motivo se debe de hacer uso de alguna de las coberturas de este seguro, será necesario dirigirse a alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Es importante señalar que las prestaciones sanitarias siempre se solicitarán con carácter previo a la asistencia médica, excepto en los casos de accidente escolar y urgencias médicas. Además, para pedir otras prestaciones económicas derivadas de accidente escolar, el plazo para solicitarlas será de 1 año, y de 5 años para solicitar los gastos de sepelio, infortunio familiar y otras prestaciones económicas.

En el caso de que el estudiante se encuentre en una de las situaciones que se han detallado y es beneficiario del seguro escolar, podrá acogerse a la prestación correspondiente. Pero para ello deberá descargar el formulario de solicitud de la prestación y solicitarla a la delegación provincial de la Seguridad Social, dependiendo siempre donde resida. Además, también será necesario añadir una documentación que es necesaria para su solicitud, como es: 

  • DNI o libro de familia. Documento acreditativo de la identidad, para los extranjeros.
  • Estudiantes no universitarios: certificado del centro de estudios.
  • Estudiantes universitarios: resguardo del impreso de matrícula.
  • Documentación específica para cada prestación en concreto, que se especifican en el mismo formulario.

Para conocer cuál es la oficina de la Seguridad Social más cercana, se puede consultar a través de la localización que se ofrece desde la sede electrónica del INSS. En el que se deberá completar el formulario de consulta con la localización donde se quiere buscar, la provincia y el municipio en concreto. Y se podrá presentar de manera presencial en dicha oficina, aunque para ello lo primero será solicitar una cita previa al INSS. 

Aunque no es el único modo, sino que también se podrá realizar la entrega de la solicitud de manera online a través de la propia sede electrónica de la Seguridad Social. Para ello, habrá que dirigirse al apartado ‘Ciuadanos’ y escoger la opción ‘Familia’. Ahí, dirigirse a la opción ‘Prestaciones otorgadas por el Seguro Escolar’, teniendo que identificarse con el certificado digital, usuario y contraseña o con cl@ve

Ahí se deberá rellenar un breve formulario donde pedirán el número de teléfono móvil, un correo electrónico, un teléfono fijo (si lo hay) y la provincia donde se está realizando el trámite. Para finalizar, se clicará en ‘adjuntar archivos’, y se añadirá el formulario de solicitud de la prestación.  

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