Hay dos subsidios por desempleo que tienen una característica común a la hora de poder cobrarlo. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha establecido, desde el pasado 1 de junio de 2021, un nuevo requisito que un demandante de empleo tiene que cumplir de manera obligatoria para poder cobrar estas dos prestaciones no contributivas.
Se trata, por un lado, de la Renta Activa de Inserción (RAI) y, por otro lado, el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Ambas prestaciones cuentan con un requisito común que los solicitantes tienen que certificar que se cumple con el SEPE para poder cobrar los 451,92 euros al mes que se pagan con cada una de estas ayudas económicas para aquellos que se encuentren en situación de desempleo.
Pese a que es una condición común y obligatoria, no es la única que deben tener en cuenta para poder solicitar estas prestaciones. Ya que, para poder pedir la Renta Activa de Inserción, al requisito que se va a explicar a continuación hay que sumarle otros 5 requisitos más. Por su parte, para poder cobrar el Subsidio Extraordinario por Desempleo también hace falta cumplir con 5 condiciones más.
Ambos subsidios comparten un requisito para poder cobrarlas
A los requisitos que el desempleado debe cumplir para poder cobrar bien la RAI o el SED hay que sumarle uno más. Se trata de la Búsqueda Activa de Empleo (BAE), una condición que estaba impuesta por el Servicio Público de Empleo Estatal, pero que había sido suspendida debido a la pandemia del Covid-19 y las restricciones que se habían impuesto.
Este requisito volvió a iniciarse el pasado 1 de junio de 2021, una vez descendieron las restricciones. Por lo que los desempleados que vayan a solicitar cualquiera de estas ayudas tienen la obligación de conocer qué es esa búsqueda activa de empleo y cómo tienen que certificar que se cumple ante el SEPE.
¿A qué se considera como ‘Búsqueda Activa de Empleo’?
Un desempleado que quiera certificar ante el SEPE que lleva a cabo la Búsqueda Activa de Empleo tiene que saber que hay hasta 7 acciones para poder cumplirla. Todas ellas, como marca el SEPE en su sede electrónica, se consideran como que el desempleado se encuentra activo dentro del mercado laboral en una búsqueda de trabajo y así incorporarse de nuevo a la actividad profesional. Estas acciones que un demandante de empleo puede llevar a cabo son:
- Encontrar trabajo por cuenta propia o ajena.
- Inscribirse en una agencia de colocación.
- Debe enviar currículums, como mínimo, a 3 empresas diferentes.
- Debe realizar una entrevista de trabajo.
- Tiene que darse de alta en un mínimo de 2 portales de empleo.
- Debe presentar una oferta de trabajo que se le ofrezca desde el SEPE.
- Participar en una acción de formación que ofrezca el SEPE.
Para poder certificar que se cumple con esta Búsqueda Activa de Empleo es importante recordar que el SEPE exige que el desempleado debe cumplir, como mínimo, 3 de estas 7 iniciativas. Si se cumple con ese requisito y sigue sin encontrar trabajo, podrá solicitar tanto la Renta Activa de Inserción como el Subsidio Extraordinario por Desempleo.
¿Cómo se puede certificar que se cumple este requisito?
Para poder certificar que un desempleado cumple con este requisito específico puede hacerlo de una manera muy sencilla. Ya que tan solo con formar parte de una agencia de colocación se puede cumplir la condición exigida por el SEPE. Debido a que ésta dará al demandante de empleo un certificado en el que aparezca la inscripción y la realización de otras dos iniciativas más, cumpliendo así con el número mínimo de acciones que se tienen que llevar a cabo.
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