Hay situaciones en las que los desempleados que se encuentran cobrando el paro y empiezan a trabajar. Es en ese momento cuando saltan las dudas como ¿Debo informar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)? ¿Pierdo el paro?
Lo primero que deben hacer los trabajadores que se encuentren en esta situación es informa al SEPE (INEM). Es obligatorio para comunicar que han empezado a trabajar y el organismo debe de paralizar el cobro de la prestación por desempleo a nivel contributivo o paro.
Este trámite puede realizarse por internet a través de la Sede Electrónica, por teléfono o de manera presencial en las oficinas de empleo (es necesario pedir cita previa al SEPE).
Otro punto que es importante es conocer, si se pierde el paro. No se pierde, pero se deberá ver y valorar si interesa cobrarlo de manera simultánea con el trabajo o paralizarlo y cobrarlo más tarde.
Qué pasa con el paro si empiezo a trabajar
Pueden llegar a darse hasta tres situaciones: que la presiona, comience a trabajar con un contrato de trabajo a jornada parcial, con un contrato de trabajo a jornada completa o que empiece a trabajar como autónomo.
Contrato de trabajo a tiempo parcial
Las personas que comiencen a trabajar con un contrato a jornada parcial deben tener claro que pueden darse dos situaciones. Podrán elegir entre seguir cobrando parte de la prestación por desempleo o paralizarla y cobrarla al finalizar el trabajo por cuenta ajena.
Si se quiere seguir cobrando el paro y trabajar, el trabajador podrá hacerlo, pero su prestación se reducirá de manera proporcional a las horas trabajadas. Es decir, si en contrato es a media jornada, el SEPE ingresará solo el 50 % de paro.
En el caso de paralizar el paro, el SEPE procederá a congelarlo. Una vez finalizado el contrato, el SEPE lo reactivará y se cobrará lo que faltaba por cobrar hasta consumirlo. Si ese nuevo contrato se llegase a cotizar al menos 360 días, la persona conseguir una nueva prestación por desempleo. En este artículo se puede saber cuánto dura y cuánto se cobra de paro.
¿Y si estoy cobrando un subsidio por desempleo?
Los trabajadores que se encuentren cobrando un subsidio por desempleo, podrán cobrarlo a la vez que trabajan. Solamente deberán tener en cuenta una cosa, y es que la suma de la ayuda del SEPE y la nómina no deben superar los 750 euros mensuales. En otras palabras, deben tener ingresos por debajo del 75 % del salario mínimo interprofesional.
Contrato de trabajo a tiempo completo
En los contratos de trabajo a jornada completa el SEPE no permite cobrar el paro a la vez que se trabaja. Una vez se informe al SEPE podrán darse dos situaciones:
Qué ese contrato de trabajo no se llega a acumular más de 360 días de cotización. En ese caso, los trabajadores deberán retomar el paro que ya venían cobrando y esas cotizaciones conseguidas por el nuevo puesto de trabajo se acumularán para una nueva prestación. Hay que dejar claro que no se pierde, se guarda para cuándo se consiga esos 360 días se puede pedir una nueva.
En el caso de que ese nuevo contrato de trabajo a jornada completa se consiga 360 días o más de cotizaciones por trabajo, el trabajador deberá decidir entre cobrar el paro que quedo interrumpido o bien solicitar una nueva prestación por desempleo con las nuevas cotizaciones adquiridas.
Trabajar como autónomo
Las personas que decidan emprenden como trabajadores por cuenta propia o autónomos y se encuentren cobrando una prestación a nivel contributivo podrán elegir entre dos opciones:
- Paralizar el pago de prestaciones. En el caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite suspenderla hasta un máximo de 5 años (60 meses).
- Seguir cobrando el paro mientras se trabaja como autónomo: El trabajador que así lo informe al SEPE podrá seguir el paro hasta un tiempo máximo de 9 meses. Si cuenta con menos de ese tiempo, pues será hasta consumirlo.
¿Cómo avisar al SEPE que empiezo a trabajar?
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece hasta cuatro formas de avisar que se está trabajando. Estas son las formas de comunicarlo:
- Por internet: a través de la Sede Electrónica del SEPE (www.sepe.es). Hay que contar con certificado digital, DNI electrónico o usuario o contraseña cl@ve.
- Llamando por teléfono al servicio de atención a la ciudadanía (números de teléfono del SEPE por provincias).
- En la oficina de empleo más cercana al domicilio del interesado/a, es necesario solicitar cita previa en el SEPE.
- Rellenado el formulario de pre-solicitud, con la opción “Baja de la prestación” en la Sede Electrónica del SEPE.
Cómo reanudar la prestación por desempleo
Una vez finalizado el contrato de trabajo, el ahora desempleado contará con un plazo de 15 días hábiles presentar la solicitud para reactivar y decidir, si consumir el paro que le quedaba o solicitar una nueva. Este trámite puede hacerse tantas veces sea necesario, siempre y cuando tenga el derecho a cobro.
Se puede reactivar por internet (a través de la Sede del SEPE) o de manera presencial en las oficinas de prestaciones. Aquí, no existe la posibilidad de pedir la reanudación por teléfono.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía