Este es el último mes, junio, que los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) van a cobrarlo con la subida del 15% de descuento. Esta es la última fecha que fijó el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que los perceptores de esta prestación no contributiva pudieran beneficiarse de ese pequeño alivio económico como medida ante las consecuencias de la guerra de Ucrania. Muchos se preguntan cuándo se cuando lo cobrarán, una cuestión que se detallará más adelante.
Cuando una persona comienza a cobrar la ayuda lo puede hacer, tanto de forma individual como dentro de una unidad familiar. Los Presupuestos Generales del Estado fijan cada año un mínimo a percibir. No se trata de una cuantía fija, sino una cantidad asignada a la persona para suplir la carencia económica posible que tenga y que llegue a ese umbral mínimo de rentas. El objetivo es que casi nadie en España caiga en una vulnerabilidad económica.
Lejos de lo que pueden pensar muchos, no hay que estar desempleado para solicitarla a la Seguridad Social. Los trabajadores con bajos salarios también pueden disfrutar de la prestación. Para ello habrá que solicitarla, cumplir unos requisitos y que la asignen desde la administración pública, como se verá más adelante.
¿Cuál es la fecha exacta en la que se cobra el IMV en junio?
Desde la Seguridad Social avisan que esta ayuda no contributiva se suele cobrar el último día hábil del mes correspondiente. Esto quiere decir que los beneficiarios de la prestación verán en junio esta aportación económica el jueves, 30 de junio. Es un mes de revuelo para la Tesorería General de la Seguridad Social porque es la fecha en la que se cobran la paga extra de las pensiones. Pero el IMV no tiene ningún extra, se cobra en 12 meses, correspondiendo con cada mensualidad del año.
Los que lo necesiten unos días antes no tienen que preocuparse, gracias a que hay entidades financieras, como Caixabank, que adelantan el pago unos días. Aun así eso depende de la decisión de cada banco y caja de ahorros colaboradora con el INSS. Los que se van a beneficiar de esta prestación, por primera vez, están de suerte. La cuantía que les ha sido asignada, ya llevará reconocido el incremento.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Ingreso mínimo vital?
Anteriormente, se ha hablado de una carencia de rentas, aunque no es la única condición que se tiene presente a la hora de asignar la cuantía. Se tienen en cuenta otros condicionantes como son los siguientes:
- Que los titulares tengan entre 23 y 65 años. Los mayores de edad también podrán disfrutarla cuando tengas hijos a cargo.
- Que se resida en España legalmente, por lo menos, durante el año anterior a presentar la solicitud. Esto no es obligatorio para las víctimas de violencia de género o doméstica, o para las víctimas de trata o explotación sexual.
- Acreditar que se tiene una condición de vulnerabilidad económica. Esto se lleva a cabo mediante la presentación de la última declaración de la renta, por lo que se ve el nivel de ingresos y el patrimonio.
- A ese patrimonio neto hay que restarle las deudas, sin tener en cuenta la vivienda habitual donde resida el posible beneficiario y sus familiares, si fuera el caso.
- Los trabajadores desempleados deben estar inscritos como demandantes de empleo. Actualmente, no es un requisito obligatorio estar dados de alta en el SEPE cuando se realiza la solicitud. Hay un periodo de seis meses para apuntarse como solicitantes de paro.
- Los ciudadanos que perciban un subsidio por desempleo del SEPE también pueden solicitar el IMV.
- Se deberá cumplir con el límite de ingresos establecido para 2022, el cual oscila entre los 7.6998,80 euros anuales, para las personas que viven solas, hasta los 92.033,76 euros al año, para las familias de cuatro adultos y un hijo.
- Pueden vivir solos o en familia. La unidad familiar deberá haberse constituido durante los seis meses previos, como mínimo, entre de presentar la solicitud.
- Si la persona vive sola, no deberá haber pertenecido a ninguna unidad familiar en los últimos tres años.
Estas son las cuantías a percibir del IMV en junio
Según el estudio de cada caso, la Seguridad Social va a ser el organismo público que determine el importe que corresponda a cada beneficiario. En este 2022, el límite fijado está entre los 5.899,60 euros anuales, para una persona que viva sola, hasta los 14.277,03 euros al año, para aquella unidad de convivencia de más de cuatro adultos con niños. El INSS los ha resumido de la siguiente manera:
Pero, ¿cómo quedan reflejadas esas cuantías mensualmente con el incremento del 15%? Pues de la siguiente forma:
- Un beneficiario: 565,37 euros al mes.
- Un adulto y un menor o dos adultos: 734,99 euros mensuales.
- Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes.
- Dos adultos y un menor: 904,60 euros mensuales.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,15 euros al mes.
- Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros mensuales.
- Los hogares monoparentales de un adulto y un menor: 859,37 euros al mes.
- Los hogares monoparentales de un adulto y dos menores: 1.028,99 euros mensuales.
- Los hogares monoparentales de un adulto y tres o más menores: 1.198,60 euros al mes.
Estos son los bancos que ingresan el IMV en junio
En junio, los beneficiarios recibirán su prestación del IMV. Las personas que lo cobren podrán percibir sus importen en sus correspondientes entidades financieras colaboradoras con la Seguridad Social. Actualmente, estos son los bancos y cajas de ahorro que trabajan junto al ente público para su ingreso y que suelen adelantar el pago:
- Caixabank
- Banco Santander
- BBVA
- Abanca
- Deutche Bank
- Bankinter
- Unicaja
- Banco Sabadell
- Liberbank
- ING
- Cajasur
- Kutxabank
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