Ingreso Mínimo Vital: estas son las nuevas cuantías en 2023

Los beneficiarios verán cómo esta prestación de la Seguridad Social se incrementará en un 8,5% si son ciertas las estimaciones anunciadas por el Gobierno.

Una persona contando dinero.
Isabel Gómez

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) volverá asumir en el próximo ejercicio económico. Así lo confirmó la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, a través de una hilo de Twitter. Por lo que muchos se preguntan en cuánto va a quedar fijada esa cuantía en 2023.

Esta prestación no contributiva de la Seguridad Social ya ha modificado en varias ocasiones su cuantía desde que se implantó hace dos años. La última tuvo lugar en el mes de abril, cuando sufrió una subida del 15% hasta el 31 de diciembre de 2022 como medida extraordinaria para hacer frente a la crisis económica de la guerra de Ucrania.

El incremento del importe a recibir por todas aquellas personas a las que se les asegure un mínimo nivel de rentas va a verse aumentado “en los mismos términos que las pensiones”, expuso Díaz. Por tanto, si las previsiones del Gobierno son ciertas, esta ayuda va a subir en torno a un 8,5% de cara al próximo año. Así lo confirmó ayer la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado 2023.

De esta forma, la subida quedará marcada por la subida del IPC, al igual que las pensiones. Cabe mencionar que tras un verano en dos dígitos, este indicador de la inflación se ha situado al comienzo del otoño en un 9%. “Para proteger a las personas que más lo necesitan, el IMV aumentará en los mismos términos que las pensiones y el IPREM se situará en 600 euros mensuales a partir del 1 de enero de 2023”, afirmó la ministra.

Nuevas cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2023

De cumplirse las estimaciones del Gobierno, las pensiones subirán entre un 7% y un 9%. En palabras de la ministra Montero, “en torno a un 8,5%”. Por tanto, esta prestación no contributiva de la Seguridad Social también se prevé que lo haga mediante ese porcentaje. Aun así, habrá que esperar a la tasa de inflación interanual del mes de noviembre para poder confirmar el dato del IPC. 

En caso de que sea cierto, las cuantías experimentarán una bajada con relación a lo que se cobran actualmente con el incremento del 15%, pero, por otra parte, sí que subirán conforme a lo fijado en los PGE de este 2022. Así, las cuantías a recibir en 2023 van a ser las siguientes:

  • Un adulto solo: 533,42 euros mensuales.
  • Un adulto y un menor: 810,80 euros mensuales.
  • Un adulto y dos menores: 970,83 euros mensuales.
  • Un adulto y tres o más menores: 1.130,85 euros mensuales.
  • Dos adultos: 693,45 euros al mes.
  • Dos adultos y un menor: 853,47 euros al mes.
  • Dos adultos y dos menores: 1.013,50 euros al mes.
  • Dos adultos y tres o más menores: 1.173,53 euros mensuales.
  • Tres adultos: 853,47 euros mensuales.
  • Tres adultos y un menor: 1.013,50 euros al mes.
  • Tres adultos y dos o más menores: 1.173,53 euros mensuales.
  • Cuatro adultos: 1.013,50 euros al mes.
  • Cuatro adultos y un menor: 1.173,53 euros mensuales.
  • Más de cuatro adultos y un menor: 1.173,53 euros mensuales.

Cabe mencionar que esta cuantía no es la íntegra que va a cobrar una persona. El IMV no es una prestación con un importe fijo, sino que, como se garantiza un umbral de rentas, el importe será la diferencia entre límite fijado por la Seguridad Social en función de su unidad familiar y las rentas que tengan.

Eso sí, aquellas personas que estén desempleadas y no perciban ningún tipo de ayuda van a poder cobrar la cuantía íntegra del Ingreso Mínimo Vital al no recibir ningún otro tipo de renta.

Incentivo al trabajo tras el incremento de las rentas

A esto hay que añadir el nuevo complemento como incentivo al empleo, por lo que el aumento de las rentas no significará que se pierda la mencionada prestación. Las personas que se encuentren en un trabajo que les proporcione un salario igual o menor al 60% de la renta garantizada para su unidad de convivencia verán cómo su sueldo no contará para dicha renta. Por tanto, cobrará la misma cantidad de IMV que sin trabajo más su sueldo.

Por otra parte, aquellos que cobren entre el 60% y el 100% de la renta garantizada que le corresponda van a sufrir exenciones en función de tres parámetros:

  • Las unidades de convivencia de un solo beneficiario o las que solo estén formadas por personas adultas tendrán un 30% de exención en esas cantidades, siempre que no se les aplique el complemento de discapacidad.
  • Las familias de un adulto con menores tendrán la exención del 35%, siempre que no se les aplique el complemento de discapacidad.
  • Las personas que vivan solas o sean familias monoparentales con menores a cargo, tendrán una exención del 40%.

En el caso de que sí se sobrepase la renta garantizada con el sueldo, se dejará de cobrar la ayuda, como venía siendo hasta el momento.

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