El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva impulsada y otorgada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la que las personas o familias que lo reciben, verán asegurados unos mínimos ingresos mensuales. Este mes de mayo, desde el Ministerio de la Seguridad Social se aprobó un incremento del 15% de las cuantías a percibir por los beneficiarios durante el mes de abril, mayo y junio. Por tanto, ya están expectantes por saber cuándo lo van a recibir y la cuantía. Algo que se detallará a continuación.
Como regla general, se suele cobrar durante el último día hábil del mes correspondiente, en consecuencia, en este mes de mayo, los beneficiarios verán en sus cuentas bancarias la cuantía el martes, 31 de mayo. Sin embargo, hay entidades bancarias que suelen adelantar el pago del importe y podrán tener el IMV a disposición el lunes, 30 de mayo. Si es la primera vez que se cobra, la cuantía que le ha sido asignada por la Seguridad Social ya llevará el incremento durante el presente mes y el siguiente.
A pesar de haberse implementado hace dos años, todavía hay muchos beneficiarios que no la han solicitado y tendrían derecho a ella. Así lo han expresado desde dicho ministerio. Según datos recogidos por este ente público, muchas familias podrían haber solicitado la prestación y aún no lo han hecho, por desconocimiento o porque piensan que sus rentas son elevadas para beneficiarse de ella. Se puede solicitar a lo largo de todo el año, tanto a nivel individual como en unidad de familia y las condiciones no son muy exigentes, como se verá a continuación.
Estos son los requisitos para cobra el Ingreso Mínimo Vital
Todas aquellas personas que necesiten un empujón monetario en sus economías domésticas, pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital cuando cumplan unos requisitos previos. En 2022, para solicitarlo, solo tendrán que:
- Encontrarse en un rango de edad de entre 23 y 65 años, aunque los mayores de 18 años con hijos a cargo también se les permite.
- Vivir en España de forma legal, durante al menos un año anterior a la fecha en la que se solicita. Las víctimas de violencia de género o doméstica y las personas víctimas de trata o de explotación sexual no están obligadas.
- Presentar una declaración anual de rentas correspondiente con el ejercicio del año anterior. Así podrán demostrarle al INSS que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica.
- El límite de ingresos que se ha establecido para 2022 deberá cumplirse. Este oscila entre los 17.6998,80 euros anuales, para las personas que viven solas, hasta los 92.033,76 euros al año, para las familias de cuatro adultos y un hijo.
- Pueden vivir solas o en familia. Si lo hacen dentro de una unidad familiar, esta deberá estar formada durante los seis meses previos a la entrega de la solicitud, como mínimo.
- Si se vive solo, no se debe haber pertenecido a ninguna unidad familiar en los últimos tres años.
- Si los futuros beneficiarios se encuentran sin trabajo, deben acreditar que están registrados como demandantes de empleo en el SEPE.
¿Cómo se calculan las cuantías del IMV?
Una de las mayores preguntas que se hacen quienes quieren acceder a esta prestación no contributiva es cuánto van a percibir y cómo se puede calcular si varía entre sus ingresos y los límites establecidos por el INSS.
Es obligatorio aclarar que los ingresos de renta de las personas que vayan a cobrar el Ingreso Mínimo Vital deberán ser menores que la cuantía que le depara el IMV a su unidad de convivencia. Por tanto, el importe que se recibirá será el resultado que haya entre los ingresos anuales y el tope que se ha establecido en 2022, dependiendo de si se vive solo o en familia.
Por ejemplo, un matrimonio de dos adultos y un menor, podrán cobrar hasta 904,60 euros mensuales de IMV con el incremento del 15%, o una familia numerosa con tres o más hijos, hasta 1.243,83 euros al mes el próximo martes. Para que el interesado sepa cuál es la cuantía que puede llegar a percibir, la Seguridad Social ha incorporado en su sede electrónica un simulador en la que se podrá calcular cuánto le corresponde de prestación.
¿Cómo quedan las cuantías con el 15% de incremento?
- Un beneficiario: 565,37 euros al mes.
- Un adulto y un menor o dos adultos: 734,99 euros mensuales.
- Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes.
- Dos adultos y un menor: 904,60 euros mensuales.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,15 euros al mes.
- Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros mensuales.
- Los hogares monoparentales de un adulto y un menor: 859,37 euros al mes.
- Los hogares monoparentales de un adulto y dos menores: 1.028,99 euros mensuales.
- Los hogares monoparentales de un adulto y tres o más menores: 1.198,60 euros al mes.
¿Cuánto tiempo dura el cobro del Ingreso Mínimo Vital?
El IMV no tiene establecida una duración determinada en la que se tenga que renovar obligatoriamente. Esta ayuda del INSS se mantiene mientras las condiciones familiares, las rentas anuales y los requisitos se sigan manteniendo. Para demostrar que existe una carencia de rentas, se deberá presentar la declaración de la Renta en la Agencia Tributaria. Aunque ese paso es obligatorio, los beneficiarios no tienen que preocuparse, ya que esta ayuda no cotiza a la Seguridad Social.
Casos en los que se pierde el IMV
La administración pública recoge dos escenarios donde se puede dejar de recibir. Así lo expresa a través de su plataforma web cuando expone que se extinguirá:
- Al superarse el umbral de ingresos fijado.
- Al llegar a la edad ordinaria de jubilación, 65 años: no serán compatibles porque el beneficiario comenzará a cobrar una pensión de jubilación mínima.
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