Ayer fue el primer día para solicitar la Ayuda de 200 euros aprobada por el Gobierno de España para hacer frente al fuerte impacto económico a causa de la invasión rusa en Ucrania. Por lo que son muchos los posibles solicitantes que en estos momentos se preguntan si pueden acceder al bono anticrisis en el caso de que le hayan denegado el Ingreso Mínimo Vital.
Para responder a esta cuestión, lo primero que hay que saber es que esta subvención está dirigida para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrominio, que sean asalariados, autónomos o desempleados siempre que en 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.
Ahora bien, el Ejecutivo responde que los beneficiarios del IMV no pueden acogerse a la Ayuda de 200 euros. En concreto, lo hace en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio. “No tendrán derecho a la ayuda quienes, a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley, perciban el Ingreso Mínimo Vital, o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado”. Ahora bien, ¿y si al candidato le han denegado en IMV?
Ayuda de 200 euros: ¿cómo se calcula el límite de ingresos y patrimonio?
Los ingresos y la cuantía del patrimonio del beneficiario se calcularán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, apartados 1, 4 y 5 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital. Por tanto, para el computo del patrimonio no se tendrá en cuenta la vivienda habitual.
Esto último quiere decir que si el candidato ha solicitado el IMV para el ejercicio 2021 y le sido denegado, con total probabilidad también se le rechazará la Ayuda de 200 euros, puesto que se rigen por los mismos criterios para calcular el límite de ingresos y patrimonio.
¿Tengo que aportar alguna documentación?
No, no hay que aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios.
Cómo solicitar la Ayuda de 200 euros
La ayuda se puede solicitar desde ayer viernes, 8 de julio, a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).
Para la solicitud de estas ayudas se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.
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