Uno de los mayores deseos de la población activa es ese momento de dejar de trabajar y conseguir su correspondiente pensión por parte del Estado, convertirse en jubilados. Ocurre en personas de mayor edad, pero no solo estos son los exclusivos beneficiarios de las pensiones. Corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la otorgación de las pensiones, el cual pertenece al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El organismo de la Seguridad Social consiste en un sistema de previsión cuyo objetivo es el de cubrir a los ciudadanos. Sería como un sistema de reparto entre generaciones de población activa a través de las cotizaciones. En las pensiones contributivas el requisito es que los beneficiarios hayan formado parte del INSS durante un cierto tiempo y haber cotizado. Si no cumple con los requisitos necesarios, puede consultar cómo quedaría su pensión.
Existen dos clases de modalidades de pensiones, las contributivas y las no contributivas. Las contributivas son “prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social, siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos”, apuntan desde la web del Ministerio.
La cuantía recibida depende de las aportaciones o cotizaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si son trabajadores por cuenta ajena, durante el tiempo que se refleje en la base reguladora de la pensión a tratar.
Pensiones contributivas: ¿Cuál me pertenece?
No todas las pensiones contributivas son iguales. A continuación, se detallan las diferentes modalidades de pensión donde se puede identificar:
La jubilación ordinaria es a la que se accede cuando se llega a la edad legal de jubilación (66 años en 2022) y se cuenta con al menos 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral. En el caso de querer conseguir el 100% de la cuantía, se exigirá o bien contar con 65 años de edad y 37 años y dos meses cotizados en el Régimen de la Seguridad Social.
En la jubilación anticipada es cuando un trabajador cumple con los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, pero no cuenta con la edad legal de retiro. Esta puede ser de dos tipos: voluntaria o involuntaria (ajena a la intención del trabajador).
En la jubilación parcial permite que el empleado, cuando le falten pocos años para cumplir la edad legal de jubilación, cobre el 50% de su pensión, al mismo tiempo que percibe un sueldo por actividad. Necesariamente, se debe hacer una reducción de jornada de, al mínimo, un 25%. Existen dos modelos: sin contrato de relevo o con contrato de relevo.
En el caso de ser jubilado y pertenecer a la población pasiva, se permite una jubilación flexible en la que se pueda trabajar y recibir la pensión.
¿Cuánto voy a cobrar este 2022?
Tras la ratificación del dato del IPC en noviembre de 2021, el Gobierno firmó una subida de las pensiones de un 2,5% para este año 2022 en las de modalidad contributiva. Motivado por el alza, las pensiones mínimas sufrirán una subida de 721,7 euros mensuales, como mínimo, repartidas en 14 pagas. Las máximas llegan a 2.819,1 euros al mes, por el mismo plazo.
La Seguridad Social acaba de publicar un decálogo sobre cuáles serán las cuantías mínimas de las pensiones contributivas a las que puede optar este 2022:
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Jubilación con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 12.467 euros.
- Sin cónyuge: 10.103,80 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros.
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Jubilación con menos de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros.
- Sin cónyuge: 9.452,80 euros.
- Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros.
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