En Navidad cualquier ahorro es poco. Y eso bien lo saben los autónomos en cualquier época del año. Una de las formas que tienen para conseguirlo es conociendo qué gastos navideños pueden deducirse de la declaración a Hacienda. ¿Cómo lo pueden saber? Separando de forma clara cuáles son los gastos que se relacionan con el desarrollo de su actividad y cuáles no. Es el matiz que les permitirá desgravarlos.
Si el dinero gastado por el autónomo durante las navidades está ligado a fomentar su actividad, podrán deducirlo del IVA y el IRPF con la debida factura justificada. Por el contrario, si los gastos equivalen a regalos a una tercera persona, ajenos a su actividad, no podrán desgravarse, ya que no se pueden justificar como un recurso para beneficiar el desarrollo empresarial.
Bajo esta premisa, aquellos autónomos que quieran descontar gastos navideños a la hora de declarar a Hacienda tendrán que vincularlos estrictamente con su actividad económica, teniendo que estar justificados y figurar en la contabilidad de la compañía. Esto quiere decir que no pueden estar destinados a cubrir necesidades privadas. Dicho esto, se muestran a continuación gastos habituales por parte de las empresas cuyo IVA e IRPF sí se pueden deducir.
Gastos que pueden deducirse los autónomos en el IVA e IRPF
En el mundo empresarial es frecuente que los autónomos hagan regalos a sus empleados con motivo de la Navidad. Estos pueden ir desde las clásicas cestas navideñas hasta las cenas de empresa que tan asentadas están en España. ¿Se pueden deducir de la declaración de Hacienda? Lo desvelamos.
Cestas de Navidad
Las cestas de Navidad son un gasto deducible siempre que se asocien a usos y costumbres del negocio. Es decir, si se lleva tiempo haciéndolo y se tiene intención de continuar en el futuro. Si es así, sí que se podrán deducir, aunque se tiene que explicar el origen de esta inversión. Otro requisito es que la cesta no incluya ningún producto con el que se esté comercializando, no pudiendo incluir artículos que venda el propio autónomo. También tendrá que incluirlo en la contabilidad y presentar una correlación entre ingresos y gastos.
Comidas o cenas navideñas
Las comidas o cenas de empresa también estarán consideradas como un gasto deducible si se justifican dentro de los usos y costumbres de la compañía, como en el caso anterior. Si es una práctica habitual por parte del autónomo que se puede justificar, se podrá deducir. Un aspecto importante que se debe señalar es que para que sea así tiene que estar organizada por el empresario (el autónomo) e invitar a sus trabajadores.
Tarjetas de felicitación
Si se relacionan con la actividad, las tarjetas de felicitación por Navidad también estarán sujetas a la deducción del IVA e IRPF. Se entiende de esta forma al estar destinada a fomentar las relaciones entre el empresario y el trabajador, siendo un detalle para estrechar la unión entre ambas partes y mejorar en consecuencia la actividad económica a la que se dedica el autónomo.
Décimos de lotería
Otro regalo clásico son los décimos de la Lotería de Navidad. Si se regalan a clientes o empleados serán deducibles hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocio del período impositivo. Si se cumple esta condición sí que será deducible, aunque la compra tendrá que estar justificada con una factura. Hay que señalar que si el autónomo compra los décimos para venderlos entre sus trabajadores ya no se podrá desgravar, al estar pagando la plantilla por los boletos.
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