Las empleadas de hogar cuentan con una nueva prestación por desempleo del 70% de su base reguladora, de forma extraordinaria y siempre que hayan sido afectadas por la DANA. Esta ayuda, que ha anunciado y confirmado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, no tiene periodo de carencia. Es decir, que no necesita un periodo mínimo de cotización y podrán solicitarla siempre que se cumplan unos determinados requisitos.
Pero esta no es la única novedad para aquellas personas que realizaban labores del hogar y que no podrán continuar con su trabajo hasta la vuelta a la normalidad. A la hora de cobrar o pedir esta ayuda económica, las empleadas de hogar beneficiarias no van a consumir cotizaciones, como han explicado desde el Gobierno, en la presentación del segundo paquete de ayudas económicas.
Díaz ha resaltado que las causas para poder acceder a esta prestación también se modifican. De este modo, se consigue una ayuda más accesible, para llegar al mayor número de personas beneficiarias, mejorando su situación laboral. Por ejemplo, explican desde el Gobierno, se contemplan los casos en que el empleador haya muerto, se encuentre en la lista de personas desaparecidas o se haya quedado sin vivienda en la que se pueda trabajar, todo esto consecuencias directas de la catástrofe natural de hace unas semanas, para las que se han implementado otras medidas de protección del empleo.
La prestación por desempleo será del 70% de la base reguladora
La prestación por desempleo para empleadas de hogar afectadas por la DANA supondrá cobrar el 70% de la base reguladora siempre que se cumplan los requisitos para acceder a esta ayuda. De este modo, explican desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social en su página web (prensa.mites.gob.es) se ayudará a un “colectivo vulnerable, permitiendo que las personas trabajadoras de hogar accedan a las prestaciones por desempleo de una manera justa”.
Siguiendo la estela marcada por la pandemia de la covid-19, se pondrá en marca el Plan Mecuida que permitirá que los trabajadores adapten o reduzcan su jornada de trabajo hasta el 100% para poder cuidar de menores o cualquier otro familiar.
¿Qué es el Plan Mecuida?
El Plan Mecuida ya se probó en 2020 con la llegada del coronavirus. Permite cualquier opción para adaptar la jornada, es decir, que se puede pedir el teletrabajo, o una adaptación de horario e incluso reducir las horas de trabajo (podría darse que fuera el 100% de la misma).
En esta ayuda se hace un apartado especial para mencionar a las empleadas de hogar. Este sector es de los más afectados porque muchas personas han perdido sus casas. Como apuntan desde el mismo Ministerio de Díaz, “la nueva norma contempla además el derecho a adaptar y reducir la jornada para la atención de deberes de cuidado protegiendo de este modo a todas las personas trabajadoras que tengan que hacer frente a deberes de cuidado, incluyendo a las trabajadoras empleadas de hogar”.
Así, “se trata de derechos individuales de cada uno de los progenitores o cuidadores”. Con este compromiso, se pone en evidencia la necesidad de conciliar la vida personal, familiar y laboral.
Otras noticias interesantes
-
¿Puede la Inspección de Trabajo entrar en las casas con empleadas del hogar? Esto dice la nueva ley
-
Reducción de la jornada laboral para las empleadas del hogar: ¿se beneficiarán de las 37,5 horas?
-
Los pensionistas afectados por la DANA que cobren una pensión no contributiva recibirán una paga extra
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía