El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sube un 3,1% pasando de los 1.184 euros a los 1.221 euros brutos al mes. Esta cifra supone un incremento de 37 euros mensuales en 14 pagas, es decir, un total de 518 euros anuales. El Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, llegó a un acuerdo solo con los sindicatos (CCOO y UGT) para actualizar de nuevo el SMI en 2026, que desde 2018 ha aumentado en 735,90 euros.
Esta es la cantidad mínima que debe cobrar cualquier persona que trabaje a 40 horas semanales, independientemente del sector en el que desarrolle su actividad laboral. A diferencia de otros años, hay que destacar que el Ministerio de Trabajo ha prometido acabar con la compensación y absorción de pluses, por lo que esta subida podría notarse más en el futuro.
¿De qué se trata? Actualmente, las empresas, para acreditar que llegan al salario mínimo establecido en cada momento, pueden contar los distintos pluses salariales (es decir, absorberlos para llegar a la cuantía mínima). Esto es lo que Trabajo ha prometido que va a cambiar este año a través del Real Decreto para la transposición de la directiva europea de salarios mínimos, en el que todavía tienen que trabajar (esta reforma entrará en vigor más adelante, y con la misma subida).
¿Cuál es el salario mínimo interprofesional en 2026?
El salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026 es de 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, es decir, 17.094 euros brutos anuales y 40,70 euros brutos al día. En el caso de tener las pagas extra prorrateadas, y recibir el sueldo en 12 pagas, asciende a 1.424,50 euros brutos al mes.
Para los eventuales y temporeros, el SMI se establece por jornada legal en la actividad en 57,82 euros, y las empleadas de hogar no podrán cobrar menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.
¿Cuándo se aprueba la subida del salario mínimo?
El nuevo SMI se aprueba este martes 17 de febrero de 2026 en el Consejo de Ministros. Será al día siguiente, el 18, cuando previsiblemente se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Si es así, entraría en vigor desde el día 19. Hay que recordar que la subida del salario mínimo se cobra con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026. De esta forma, los trabajadores en la próxima nómina recibirán el ‘atraso’ correspondiente al mes de enero.
¿Si cobro el salario mínimo actualmente, pierdo la subida del mes de enero?
No, la subida del salario mínimo es con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026, por lo que en la nómina de febrero, que se cobra a finales de mes, debería de verse reflejada la subida junto con este atraso. En concreto, el plus por el mes de enero es de 37 euros.
¿Pueden pagarme menos del salario mínimo?
No, este es el mínimo legal que debe cobrar obligatoriamente un trabajador por una jornada de 40 horas semanales. En el caso de trabajar menos horas, el reparto deberá hacerse de manera proporcional.
Si se cobra menos del SMI, se puede denunciar a la Inspección de Trabajo, y la empresa se enfrentaría a una multa de hasta 7.500 euros. Es así porque el artículo 7.10 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social fija como infracción grave “establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidas legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores reconocidos en el artículo 4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores”.
¿Qué pasa si trabajo menos de 40 horas semanales?
En este caso, el salario mínimo se adapta proporcionalmente a las horas semanales trabajadas, quedando de la siguiente manera si se cobra en 14 pagas (cobrando las dos pagas extraordinarias aparte):
- 40 horas: 1.221,00 €.
- 39 horas: 1.190,48 €.
- 38 horas: 1.159,95 €.
- 37 horas: 1.129,43 €.
- 36 horas: 1.098,90 €.
- 35 horas: 1.068,38 €.
- 34 horas: 1.037,85 €.
- 33 horas: 1.007,33 €.
- 32 horas: 976,80 €.
- 31 horas: 946,28 €.
- 30 horas: 915,75 €.
- 29 horas: 885,23 €.
- 28 horas: 854,70 €.
- 27 horas: 824,18 €.
- 26 horas: 793,65 €.
- 25 horas: 763,13 €.
- 24 horas: 732,60 €.
- 23 horas: 702,08 €.
- 22 horas: 671,55 €.
- 21 horas: 641,03 €.
- 20 horas: 610,50 €.
- 19 horas: 579,98 €.
- 18 horas: 549,45 €.
- 17 horas: 518,93 €.
- 16 horas: 488,40 €.
- 15 horas: 457,88 €.
- 14 horas: 427,35 €.
- 13 horas: 396,83 €.
- 12 horas: 366,30 €.
- 11 horas: 335,78 €.
- 10 horas: 305,25 €.
- 9 horas: 274,73 €.
- 8 horas: 244,20 €.
- 7 horas: 213,68 €.
- 6 horas: 183,15 €.
- 5 horas: 152,63 €.
- 4 horas: 122,10 €.
- 3 horas: 91,58 €.
Por su parte, si el salario se percibe en 12 pagas, queda de la siguiente forma:
- 40 horas: 1.424,50 €.
- 39 horas: 1.388,89 €.
- 38 horas: 1.353,28 €.
- 37 horas: 1.317,66 €.
- 36 horas: 1.282,05 €.
- 35 horas: 1.246,44 €.
- 34 horas: 1.210,83 €.
- 33 horas: 1.175,21 €.
- 32 horas: 1.139,60 €.
- 31 horas: 1.103,99 €.
- 30 horas: 1.068,38 €.
- 29 horas: 1.032,76 €.
- 28 horas: 997,15 €.
- 27 horas: 961,54 €.
- 26 horas: 925,93 €.
- 25 horas: 890,31 €.
- 24 horas: 854,70 €.
- 23 horas: 819,09 €.
- 22 horas: 783,48 €.
- 21 horas: 747,86 €.
- 20 horas: 712,25 €.
- 19 horas: 676,64 €.
- 18 horas: 641,03 €.
- 17 horas: 605,41 €.
- 16 horas: 569,80 €.
- 15 horas: 534,19 €.
- 14 horas: 498,58 €.
- 13 horas: 462,96 €.
- 12 horas: 427,35 €.
- 11 horas: 391,74 €.
- 10 horas: 356,13 €.
- 9 horas: 320,51 €.
- 8 horas: 284,90 €.
- 7 horas: 249,29 €.
- 6 horas: 213,68 €.
- 5 horas: 178,06 €.
- 4 horas: 142,45 €.
- 3 horas: 106,84 €.
¿Cuántas personas cobran el salario mínimo?
La subida del salario mínimo beneficiará a 1,66 millones de trabajadores, el equivalente al 9% del total de asalariados en España, según estimaciones de CCOO. Este sindicato calcula que el aumento beneficiará a 1,42 millones de personas que en 2025 trabajaron a jornada completa con salarios inferiores al nuevo SMI, el 9% de la población asalariada a tiempo completo en España.
En cuanto a los trabajadores a tiempo parcial, otras 239.000 personas a tiempo parcial se beneficiarán de la subida, dejando el número total de potenciales beneficiarios en 1,66 millones de asalariados. No obstante, desde CCOO apuntan que se trata de una estimación “conservadora”, ya que el salario medio por hora trabajada a jornada parcial es inferior al de jornada completa, por lo que “es razonable suponer que el porcentaje de trabajadores beneficiados por la subida del SMI fuera más alto a jornada parcial que el registrado a jornada completa”.
Las mujeres y los jóvenes serán los colectivos más beneficiados. En concreto, el 61% de las personas beneficiadas por la subida del SMI serán mujeres y casi dos de cada tres perceptores del SMI que se verán beneficiados por su subida en 2026 tienen 35 o más años y el 34% tiene menos de 35 años.
¿Cuáles son los sectores que más perciben el SMI?
Por sectores, los más beneficiados son comercio y hostelería, seguidos a gran distancia por sanidad, educación y administración pública, servicios financieros y profesionales, otros servicios y agricultura. Casi un tercio de los perceptores del SMI trabaja en hostelería o comercio.
¿Cómo me afecta la subida del SMI si gano por encima?
En un plano teórico, nada. Si tu sueldo ya equivale o supera el SMI, no tienen por qué subírtelo. Ahora, cuando los salarios más bajos suben, como en este caso, los que están por encima suelen también hacerlo para mantener las diferencias entre los distintos niveles.
¿Cómo tributa en el IRPF el nuevo SMI?
El salario mínimo interprofesional en 2026 está exento de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta exención se ejecutará mediante deducciones: se retendrá el impuesto mes a mes (se cobrará) pero al final del ejercicio se devolverán dichas cantidades.
¿Puede la CEOE parar la subida del salario mínimo al estar en contra?
No. El artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores determina que “el Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario mínimo interprofesional, teniendo en cuenta: el índice de precios de consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional, y la coyuntura económica general”.
Esto es, el Gobierno debe consultar a las patronales y a los sindicatos, pero no está obligado a llegar a un acuerdo con ellos, siendo la decisión únicamente del Ejecutivo.
¿Pueden embargarme el SMI?
No. El artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores establece que “el salario mínimo interprofesional, en su cuantía, tanto anual como mensual, es inembargable”. Así pues, aunque se tengan deudas, no pueden quitarte nada del salario si solo cobras el salario mínimo, ya sea en 14 o 12 pagas. En caso de cobrar por encima del SMI, el embargo igualmente se aplicaría en la parte excedente del SMI.
¿Cómo afecta el SMI en las prestaciones y subsidios por desempleo?
El salario mínimo no afecta a la prestación contributiva por desempleo (el paro), pero sí a los subsidios. Es así porque, para acceder a muchos subsidios por desempleo, se exige no superar el 75% del SMI como límite de rentas (sin contar pagas extra).
Con un SMI de 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, el 75% sería 915,75 euros. Así pues, el límite de rentas pasa a ser 915,75 euros.