La Seguridad Social va a permitir que un trabajador esté en situación de alta especial cuando se den algunas circunstancias laborales específicas, como los casos de huelga. Esta situación está regulada en el artículo 166.7 de la Ley General de la Seguridad Social. Muchos se preguntan en qué consiste realmente, por lo que desde la administración pública han querido explicarlo.
Esta situación de alta especial ha vuelto a resurgir tras el anuncio del sector de los transportes de una huelga indefinida. Se suele dar cuando el contrato laboral queda suspendido por un conflicto laboral. Mientras se esté de huelga, se va a suspender el contrato de trabajo y la obligación de cotizar, de modo que el trabajador deja de recibir el importe del salario derivado de esa ausencia.
Por regla general, el alta se trata de un acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social incluye a una persona que empieza un nuevo trabajo en el sistema de cotizaciones. Una acción que es obligatoria en todos los casos en los que se inicie una actividad laboral. Pero, ¿en qué consiste realmente?
¿Qué es el alta especial de la Seguridad Social?
El alta especial se produce cuando los trabajadores están en huelga o los empresarios deciden optar por un cierre de la patronal legal. Todos aquellos que se encuentren en esta situación pueden suscribir un convenio especial. El objetivo será el de completar las bases de cotización que correspondan a las contingencias de:
- Invalidez permanente, muerte y supervivencia.
- Las que se deriven de enfermedad común y accidente laboral.
- Las de jubilación y servicios sociales.
Es necesario destacar que en el momento en que se encuentren en dicha situación especial, no se percibirá ni el subsidio ni una incapacidad temporal. En este caso tendrá que esperar a que finalice esta situación de alta especial para que se vuelva a retomar el subsidio.
¿Cuáles son las bases de cotización durante ese convenio?
Existen una serie de reglas que son las que determinan las bases de cotización de ese convenio especial y se resumen en dos:
- En los supuestos de huelga total o cierre patronal legal. La base diaria de cotización será la resultante del promedio de las bases de cotización por las que hubiera cotizado el trabajador el mes anterior al comienzo del parón laboral.
- Cuando se trate de una huelga parcial, la base diaria de cotización será la diferencia que hay entre la cotización calculada como la anterior y la base por la que cotice diariamente mientras dure la situación.
Tipos de situaciones en las que se encuentra un trabajador en la Seguridad Social
Por norma general, esta administración pública explica a través de su plataforma web que actualmente existen tres tipos de situaciones laborales en la Seguridad Social:
- Alta.
- Baja.
- Situación asimilada al alta.
Cabe recordar que no se va a permitir estar dado de alta en más de tres ocasiones dentro de cada año natural. Tendrán efectos desde el día en que concurran todas las condiciones, siempre que se hayan solicitado en el plazo reglamentario.
¿Cómo saber la situación de alta?
Los interesados en saber cuál es su situación de alta cuando finalice la huelga o el cierre de la patronal deberán acudir a la Sede Electrónica del mencionado organismo público.
En segundo lugar, habrá que acudir a la sección ‘Informes y Certificados’ que se encuentra en la pestaña Ciudadanos. Ahí aparecerá un listado con las consultas que se pueden realizar. Habrá que seleccionar ‘Informe de situación actual del trabajador’.
Aparecerá una nueva ventana con la opción ‘Acceso directo a trámites’. Ahí es donde habrá que validar la identidad mediante alguna de las siguientes vías:
- Certificado electrónico.
- Usuario y contraseña.
- Cl@ve.
- DNI electrónico.
A partir de ahí se abrirá una ventana con el informe solicitado. En la columna ‘Situación’ es donde se podrá comprobar si se está de alta o no junto a la fecha de inicio.
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