Los trabajadores que sufren un accidente laboral pueden tener derecho a cobrar una indemnización por responsabilidad debido a los daños y perjuicios causados. Es algo que no todos conocen y se trata de una especie de compensación económica que se paga al trabajador lesionado. Para tener este derecho, eso sí, el accidente debe haberse producido por una falta de medidas de seguridad.
Por ejemplo, cuando el empleado no ha recibido la formación necesaria para desempeñar ese puesto o cuando la empresa no ha proporcionado los Equipos de Protección Individual (EPIs), o estos están en mal estado. Al ser un derecho que no todas las personas empleadas conocen, el abogado laboral Víctor Arpa ha querido informar de ella a través de sus redes sociales.
“Muchos trabajadores no son conscientes de la indemnización que están rechazando por no reclamar su accidente laboral a la aseguradora de la empresa”, expresa, reiterando que se trata de una indemnización a la que se accede con el accidente laboral cuando existen faltas de medidas de seguridad. “La paga la aseguradora de tu empresa y no la mutua. Tienes un año para pedirla desde el alta”, precisa, antes de explicar una parte de la que se compone la misma.
“Este dinero nadie va a venir a pagártelo. Lo estás regalando a la aseguradora de la empresa”
Víctor Arpa explica solo una parte de la indemnización que se puede conseguir. “¿Has estado ingresado en la UCI? El importe que debes percibir por cada día que has estado ingresado en la UCI es de 123 euros. Si has estado ingresado en el hospital, el importe es 92,66 euros”.
También explica la cuantía en caso de haber permanecido únicamente de baja médica. “El importe a percibir es de 64,25. Y pongamos que un trabajador ha estado un año de baja médica a consecuencia de un accidente laboral. Solo esta parte de la indemnización, solo esta, será un total de 23.451 euros”, explica.
Una cantidad muy significativa que, para poder percibir, es necesario reclamar. No se concede de forma automática. “Este dinero nadie va a venir a pagártelo. Lo estás regalando a la aseguradora de la empresa. No regales tu dinero”, concluye el abogado.