Una madre soltera gana a la Seguridad Social y logra el doble permiso de maternidad y una indemnización de 2.000 euros por daños y perjuicios

Un Juzgado de Guadalajara ha concedido la ampliación del permiso hasta las 26 semanas más esta indemnización adicional por daños y perjuicios, ante la negativa inicial de la Seguridad Social.

Pañales con un chupete y dinero en efectivo Canva
Esperanza Murcia

El Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara ha reconocido el derecho de una madre soltera a ampliar el permiso por nacimiento y cuidado del menor, lo que se conoce como el permiso de maternidad o paternidad, y disfrutar las semanas que le hubieran correspondido al segundo progenitor. Pero, además de esto, y aquí se encuentra la novedad, ha reconocido su derecho a cobrar una indemnización de 2.000 euros por daños y perjuicios. Lo que abre la puerta a que otras madres solteras la reclamen.

Antes de todo, hay que recordar que, el pasado 6 de noviembre, el Tribunal Constitucional firmó una sentencia decisiva: es discriminatorio que las madres de familias monoparentales no puedan ampliar su permiso por nacimiento y cuidado del menor por más de 16 semanas. Instando, por ello, a que puedan ampliarlo hasta las 26 semanas (absorber las semanas de permiso que le hubieran correspondido al segundo progenitor).

Esta ampliación hasta las 26 semanas de permiso es la que ha otorgado el Juzgado de Guadalajara pero, además, ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a abonarle una indemnización de 2.000 euros por vulnerar los artículos 14 y 39 de la Constitución Española (CE), al negarle la ampliación de la baja de maternidad.

“Una sentencia pionera”

Desde el medio ‘CincoDías’ han podido acceder a la sentencia y hablar con el letrado que la ha logrado, Pedro Álvarez del Río de Lexway Abogados, que no ha dudado de tacharla de “pionera”. Lo es porque, por primera vez, un juez ha considerado que la negativa del INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a ampliar el permiso supone una discriminación indirecta hacia los menores con un solo progenitor y que, por ello, se debe compensar con una indemnización por daños y perjuicios. 

“Ha quedado acreditado que ha existido una quiebra del derecho a no ser discriminado por la forma en la que uno desee constituir su familia al producirse una diferencia de trato entre una familia monoparental con la biparental”, ha explicado el abogado para dicho medio.

Del Río también ha explicado que esta sentencia puede marcar un antes y un después para las madres solteras. Ya que, desde este momento, estas pueden incluir el abono de una indemnización en sus reclamaciones ante las negativas de la Seguridad Social de ampliar su permiso de maternidad. 

Ahora, no solo podrían reclamar la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor hasta las 26 semanas, sino también una indemnización compensatoria por la negativa recibida por parte de la Administración. En este sentido, asegura que es algo que ya ha ocurrido con el complemento de paternidad.

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