Confirmado por el BOE: mañana 20 de febrero entra en vigor el nuevo Salario Mínimo Interprofesional de 1.221 euros al mes

El salario mínimo queda fijado este 2026 en 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas o en 1.424,50 euros si se percibe en 12. Tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero.

Acto de firma del nuevo SMI de 2026, con Pedro Sánchez, Yolanda Díaz y los sindicatos |EFE
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Ya es oficial. El Ministerio de Trabajo ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 126/2026 por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026: 1.221 euros brutos mensuales si el salario se reparte en 14 pagas o 1.424,50 euros si se percibe en 12 (con las pagas extra prorrateadas). En cualquier caso, el SMI anual queda fijado en 17.094 euros brutos.

La publicación en el BOE es importante porque, tal y como se indica en el Real Decreto, “entrará en vigor el día siguiente”. Es decir, este nuevo salario mínimo entra en vigor este viernes 20 de febrero. Hay que señalar que la subida se aprobó con carácter retroactivo, por lo que tiene efectos desde el pasado 1 de enero.

De ese modo, los trabajadores que perciben el SMI, este febrero además de la nueva cuantía (1.221 euros brutos en 14 pagas o 1.424,50 en 12), cobrarán una “paguilla” correspondiente al aumento que deberían haber percibido en enero. El incremento este 2026 ha sido del 3,1%, lo que supone un aumento de 37 euros más al mes y de 518 euros más al año respecto al anterior.

Así queda el Salario Mínimo Interprofesional en 2026

Tras la última subida, que entra en vigor el 20 de febrero, el Salario Mínimo Interprofesional es de 17.094 euros brutos anuales: 1.221 euros si se percibe el sueldo en 14 pagas o 1.424,50 si se recibe en 12. El salario mínimo diario se fija en 40,70 euros brutos al día, con carácter general.

Para los eventuales y temporeros, el SMI se establece por jornada legal en la actividad en 57,82 euros, mientras que las empleadas de hogar no podrán cobrar menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada (aquí se pueden consultar sus tablas salariales al completo).

Exento de tributación en el IRPF

Como en años anteriores, el salario mínimo está exento de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), una exención que se ejecuta mediante una deducción que ha sido también actualizada en el Boletín Oficial del Estado. En concreto, esta deducción es ahora de hasta 590,89 euros aplicable a personas con salarios por debajo de los 20.048,45 euros anuales.

Conviene explicar que, a pesar de que el SMI es de 17.094 euros anuales, para evitar un error de salto se baja la deducción a los 590,89 euros a personas cuyos salarios estén por debajo de 20.048,45 euros brutos al año. En el caso de una persona que cobre el salario mínimo interprofesional en 2026, Hacienda estima que pagará 356 euros menos de IRPF que el año pasado.

Pendiente la reforma de compensación y absorción de pluses

Por el momento, las empresas, a la hora de acreditar que están pagando el nuevo salario mínimo, podrán seguir contando los distintos pluses salariales. Es lo que se conoce como la “absorción” de pluses y que provoca que, en algunos casos, a pesar de la subida del SMI, realmente el trabajador no experimente ningún aumento.

Esto es algo que el Ministerio de Trabajo quiere reformar próximamente, para impedir que las empresas puedan aplicar esta absorción o compensación, acordándolo con los sindicatos CCOO y UGT, para los que es una medida muy necesaria.

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