El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de la Seguridad Social, un nuevo Reglamento de Extranjería con el objetivo de “adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades del mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico de nuestro país”. Con el mismo, se prevé regularizar a 900.000 personas durante los próximos tres años.
Así lo ha anunciado la propia ministra, Elma Saiz, en la rueda de prensa posterior al consejo, explicando que se trata de “la reforma más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde su entrada en vigor en 2011”. Ahora, ¿qué novedades trae el nuevo Reglamento de Extranjería?
El nuevo texto, tal y como han explicado desde el Ministerio de la Seguridad Social, crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.
De esta forma, pretenden evitar situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar el país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.
Otra de las novedades es la extensión a un año del visado para la búsqueda de empleo, cuando antes constaba de una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”.
5 modalidades de arraigo, con una previsión de regularizar 300.000 personas por año los próximos 3 años
Con el nuevo Reglamento de Extranjería, se establecen 5 modalidades de arraigo: social, socioinformativo, sociolaboral, familiar y el de segunda oportunidad. Este último es una de las novedades más importantes en palabras de Elma Saiz, siendo una figura dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no han renovado por diversas razones.
“El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”, ha explicado. Así, estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.
Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5. A finales de 2023, había más de 210.000 personas con autorización por arraigo, 85.000 más que en 2022. Gracias a esto, defiende el ministerio, la afiliación entre las personas con arraigo aumentó un 30,4% de 2022 a 2023. “Gracias a estas figuras, con las novedades que hemos incorporado, estimamos que se podrían regularizar unas 300.000 personas cada año en los próximos 3 años. Es una fórmula que se adapta plenamente al Pacto Europeo para la Migración”, ha añadido Saiz.
Otro punto importante es que la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana.
Creación de una autorización específica de residencia y trabajo
Respecto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. También se ha mejorado la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí.
También se ha incluido la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha, etc.). También han señalado que las empresas van a disponer “de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones”.
Mejora de la reagrupación familiar
En último lugar, han señalado la mejora de la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), “y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera”, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que puedan acreditar una relación afectiva análoga.
La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia. También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.
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