Quedar en situación de desempleo siempre es algo complicado, sobre todo cuando se tiene una cierta edad y la reincorporación al mercado laboral es más difícil. A pesar de que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) intenta proteger a los desempleados el máximo tiempo posible hasta que encuentren un nuevo empleo, son muchos los que no lo consiguen. De ahí que nazca la necesidad de conocer: ¿cuál es la última ayuda extraordinaria que puedo cobrar antes de quedar totalmente desempleado este otoño?
Una repuesta que ha querido despejar la propia administración pública al indicar que sí que es posible acogerse a ella cuando la persona ha agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) y los subsidios por desempleo que le corresponden y, al mismo tiempo, cumple con unos requisitos mínimos.
Esta ayuda viene a ser el Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED), que está dirigido a quienes presentan una vulnerabilidad económica y, a pesar de los intentos, la reincorporación a un nuevo empleo parece imposible y tienen menos de 52 años. La edad es fundamental porque desde que se cumple, el organismo permite que automáticamente la persona cobre el subsidio para mayores de 52 años hasta que encuentre un trabajo o hasta que pueda jubilarse.
Requisitos del SEPE para cobrar el subsidio extraordinario de desempleo este otoño
A pesar de que la otra ayuda extraordinaria no contributiva (Renta Activa de Inserción) sí que muestra algunas particularidades, el Subsidio Extraordinario de Desempleo tiene en común con el resto que para solicitarlo hay que demostrar los siguientes requisitos:
Primero, estar en desempleo o situación legal de desempleo. Demostrar que se mantiene la inscripción como demandante de empleo en el SEPE durante todo el tiempo que se cobra y suscribir el compromiso de actividad. Esto es importante porque será penalizable rechazar cursos de formación o entrevistas de trabajo.
También haber agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro). Adicionalmente, es exigido que se haya agotado el resto de subsidios ordinarios a los que se tuviera derecho: insuficiencia de cotización, ayuda familiar, el destinado a mayores de 45 años sin hijos, emigrantes retornados, liberados de prisión o el de revisión de una incapacidad permanente.
Por último, demostrar que se tiene una carencia de rentas mensuales. Todos los beneficiarios del SED no pueden tener unos ingresos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En otras palabras, que el dinero que obtengan cada mes no supere los 810 euros al mes.
Duración y cuantías del subsidio extraordinario por desempleo en 2023
Tal y como apuntan desde la plataforma web del SEPE, el subsidio extraordinario por desempleo solo se puede cobrar una vez, es decir, que desde que es otorgado sus beneficiarios no pueden renovarlo, como si ocurre con otro tipo de ayudas asistenciales. La duración del SED es de seis meses y una vez que finaliza el periodo, si la persona no encuentra un empleo, no puede volver a recibirlo.
En cuanto a su cuantía, el importe que tiene establecido es el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Así, el dinero a recibir en cada mensualidad es de 480 euros al mes durante el tiempo mencionado.
Una vez que finaliza, la administración ya no puede hacer nada más por el desempleado.
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