Siempre que una persona quede sin trabajo y cumpla los requisitos, tiene derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esto conlleva una serie de obligaciones como suscribir el compromiso de actividad, por eso, una de las dudas más frecuentes es la de: ¿Cuáles son las multas del SEPE por no acudir a ofertas de empleo mientras cobro el paro? Como se verá más adelante, esta infracción es grave.
El incumplimiento de algunos de los requisitos que dan derecho a cobrar el paro, como, por ejemplo, no renovar la condición de demandante de empleo, es algo que se puede subsanar. Pero estar en Búsqueda Activa de Empleo y acudir a todas las citas de cursos, formación u entrevistas de trabajo de la administración es fundamental.
Es así porque no se tiene que considerar un premio después de trabajar, sino justamente una ayuda para que la reincorporación al mercado laboral sea lo antes posible. Conscientes de que puede haber algún despiste, el organismo público de empleo da hasta tres oportunidades antes de que se pierda definitivamente la ayuda. Algo que no solo afecta a los beneficiarios del paro, sino también a quienes cobran el subsidio por desempleo como ayuda asistencial.
¿Qué ocurre si no se acuden a las ofertas de empleo del SEPE si cobras el paro?
Las consecuencias de no acudir a las ofertas de empleo del SEPE pueden llegar a ser tres. A pesar de que el organismo abre un plazo de 30 días para subsanar la situación o justificar las razones para la falta de asistencia.
Esta situación no solo afecta a los beneficiarios del paro, sino también a quienes cobran el subsidio por desempleo como ayuda asistencial.
Qué ocurre al rechazarlas, tanto las ofertas como los cursos de formación. “Si no se presenta sin causa justificada, puede tenerse una sanción por infracción grave”. Así, las posibles multas a las que se enfrentan corresponden con las siguientes:
- Si ocurre una primera vez, se pierde el paro o el subsidio durante tres meses.
- Si ocurre una segunda vez, se pierde la prestación correspondiente durante seis meses.
- En caso de una tercera vez, la falta de asistencia conlleva la extinción de la ayuda correspondiente.
Al mismo tiempo, el SEPE hace hincapié en que esa escala anterior se aplica desde la primera infracción, siempre que en la anterior no hayan transcurrido más de 365 días. En otras palabras, que de una infracción a otra, si ha transcurrido el plazo de más de un año, esta prescribe y se vuelve a iniciar el procedimiento desde el principio.
Por ejemplo, si una persona es beneficiaria del paro máximo de dos años y no acude a la primera oferta de empleo o curso, entra en una infracción grave. Si en el plazo de menos de un año vuelve a tener falta de asistencia sin justificar, se considera que ha cometido una segunda infracción. Si ha transcurrido más de un año, la primera prescribe y si vuelve a faltar, la administración pone en marcha un nuevo procedimiento, solo le quitaría tres meses de prestación.
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