El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fija cuánto deben cobrar como mínimo los trabajadores que están dados de alta y cotizan en el sistema contributivo de España. Pero esa no es su única función. También es aplicado para conceder algunas ayudas económicas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), como los subsidios por desempleo.
Tras el nuevo anuncio del Gobierno de España de subida del salario mínimo, en un 8% hasta alcanzar los 1.080 euros mensuales, en 14 pagas, por lo que el salario anual será de 15.120 euros. Algo que se cobrará de forma retroactiva desde el 1 de enero.
Este nuevo cambio afectará a todos los subsidios porque al incrementarse, también podrá haber un mayor número de beneficiarios de cualquier a de ellos, como la ayuda familiar, el subsidio para mayores de 52 años o el destinado a mayores de 45 años sin hijos a cargo.
La subida del salario mínimo afecta directamente a un requisito concreto, el demostrar que se tienen una carencia de rentas determinada. Hasta antes del incremento, cuando está fijado en los 1.000 euros mensuales, los beneficiarios debía demostrar que no superaban en ingresos el 75% del SMI (750 euros).
Claro está que ahora esa cifra ha cambiado y ha pasado de los 750 euros mensuales a los 810 euros mensuales. Es por eso que con este cambio un mayor número de trabajadores desempleados que agoten por completo la prestación contributiva (el paro) por desempleo pueden convertirse en beneficiarios de un subsidio.
Eso sí, la cuantía a subir por el subsidio no ha cambiado desde el 1 de enero. Los parados tienen derecho a cobrar el 80% del IPREM si son subsidiarios. Por tanto, reciben la cuantía fija de 480 euros mensuales durante el tiempo que tengan derecho a cobrar la ayuda.
Otros requisitos que deben cumplir los beneficiarios de un subsidio por desempleo
No ha habido ninguna novedad ni cambio en cuanto a los demás requisitos que deben cumplir los desempleados que reciben o van a solicitar esta ayuda asistencia. Las condiciones impuestas continúan siendo las mismas.
Por un lado, es obligatorio estar en una situación de desempleo o legal de desempleo, así como inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo de cobro. Al mismo tiempo, como el objetivo es la reincorporación al mercado laboral, habrá que estar en búsqueda activa de empleo (BAE) y suscribir el compromiso de actividad.
Como también se ha mencionado, las personas deben haber agotado el paro antes de solicitarlas y dejar un mes de carencia entre que se agota la prestación y se solicita el subsidio. Los beneficiarios no podrán tener más de 65 años.
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