En la última década, el sistema de pensiones ha experimentado varias reformas en busca de garantizar la sostenibilidad del sistema. Por un lado, la reforma aprobada en 2011 y que empezó a aplicarse en 2013, buscaba alinear la edad de jubilación con la edad real. Por otro lado, la segunda reforma, aprobada en 2021, incluía, entre otras medidas, penalizar aún más las jubilaciones anticipadas, ofreciendo jugosos incentivos por retrasar la edad de jubilación. En concreto, un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
Con estas medidas, el Gobierno buscaba alinear la edad media de acceso a la jubilación con la edad legal, siempre que se cumpliera los requisitos de cotización. Este alineamiento era un “must” para garantizar la sosteniblidad del sistema público de pensiones. Aunque desde 2018 se ha observado una tendencia hacia jubilaciones más tardías, la realidad en 2023 muestra que un tercio de los trabajadores aún prefieren jubilarse antes de alcanzar la edad ordinaria, a pesar de las penalizaciones aplicadas sobre las cuantías de sus pensiones.
Y es que, estas penalizaciones han crecido con las últimas reformas aplicadas y no solo a la hora de aplicar el método de cálculo que establece la Seguridad Social, sino también en aquellas jubilaciones anticipadas con largas carreras de cotización y que cuentan con la pensión máxima.
Por otro lado, estos trabajadores ven un agravio comparativo con aquellos que cuentan con cortas carreras de cotización, donde en la mayoría de las ocasiones no llegan al mínimo y deben acudir al complemento a mínimos para garantizar que al menos perciban la pensión mínima.
Cómo beneficia el sistema de pensiones a las jubilaciones con pocos años de cotización
El actual método para calcular la pensión de jubilación tiene en cuenta, entre otros factores, las 300 últimas bases de cotización (25 años) y la suma de estas se divide entre 350. El resultado es la base reguladora o 100% de la pensión a la que se tiene derecho según el total de años trabajados.
Según los años trabajados, el porcentaje puede ir desde el 50%, que son con 15 años hasta el 100%, donde se pide tener 36 años y 6 meses. En este sentido, tener pocos o el mínimo de años cotizados dará que casi en la mayoría de las ocasiones los futuros pensionistas deban recurrir al complemento a mínimos para garantizarse alcanzar la pensión mínima que correspondiere según su situación familiar. Aunque cierto es que no todos los pensionistas tienen derecho al mismo, ya que es necesario demostrar una carencia de ingresos.
Los últimos datos de la Seguridad Social indican que en España hay un total de 6.450.811 pensionistas. De estos, 1.251.405 personas, lo que equivale al 19,39%, reciben el complemento a mínimos en su pensión. El importe medio que perciben estos pensionistas es de 273,07 euros al mes. En otras palabras que 1 de cada 5 pensionistas en España cobran el complemento a mínimos.
El nuevo sistema que penaliza las jubilaciones anticipadas con largas carreras de cotización
Por otro lado, los trabajadores con largas carreras de cotización que opten por retirarse del mercado laboral antes de alcanzar la edad legal de jubilación sufrirán recortes en la cuantía de su pensión. Como hemos dicho, llegar a los 36 años y 6 meses garantiza el 100%, pero los años extra no computarán. Ahora, aun teniendo más de 40 años cotizados, retirarse, aunque solo sea un mes, ya conllevará un recorte del 0,5%. Esto dependerá del total de años cotizados y de si la jubilación es voluntaria o forzosa (ajena la voluntad del trabajador).
En el caso de la jubilación anticipada voluntaria y tener menos de 38 años y seis meses cotizados, las reducciones oscilan entre el 21% y el 3,26%. En el rango de 38 años y seis meses a 41 años y seis meses cotizados, las reducciones van del 19% al 3,11%. Para aquellos con entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados, las reducciones van del 17% al 2,96%. Por último, para quienes tienen más de 44 años y seis meses cotizados, las reducciones oscilan entre el 13% y el 2,81% de la pensión.
En el caso de las jubilaciones anticipadas involuntarias y tener menos de 38 años y seis meses cotizados, las reducciones oscilan entre el 30% y el 0,63%. En el rango de 38 años y seis meses a 41 años y seis meses cotizados, las reducciones van del 28% al 0,58%. Para quienes tienen entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados, las reducciones oscilan entre el 26% y el 0,54%. Por último, para aquellos con más de 44 años y seis meses cotizados, las reducciones varían del 24% al 0,50% de la pensión.
Hasta ahora, el recorte era de un 0,5% por cada trimestre adelantado, pero el 1 de enero de 2024 se modificó la disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley 21/2021, cambiando estos términos y perjudicando aún más a las jubilaciones anticipadas.
Los recortes irán incrementando cada año, y dependerán de los meses adelantados y del total de años cotizados. Por ejemplo, con menos de 38 años y seis meses, las penalizaciones en 2024 sobre la pensión máxima van desde el 0,78% hasta el 5,7%. En 2033, cuando finalice esta reforma, las penalizaciones irán desde el 3,26% hasta el 21%.
Estamos hablando de que en 2033, un trabajador con 39 años cotizados que decida acceder a la jubilación anticipada con 63 años (24 meses de adelanto) cobrando la pensión máxima sufrirá un recorte del 42%.
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