Uno de los grandes problemas que tienen los trabajadores autónomos que cotizan en el RETA de la Seguridad Social es que suelen hacerlo por una base de cotización baja, lo que perjudica su futura pensión de jubilación. Es por eso que la administración pública ha querido recordar cuál es la ventaja de haber hecho la ‘mili’.
En España, hacer el servicio militar fue obligatorio hasta el año 1998. Algunos optaron por hacer la prestación social sustitutoria y las mujeres el servicio social femenino obligatorio. Ahora bien, a ojos de la administración, todos tienen una pequeña recompensa cuando quieran calcular la cuantía de la pensión de jubilación.
Esta ayuda beneficia solo a quienes deciden acogerse a una jubilación anticipada, ya que les permite sumar un año más de cotización a la hora de verificar el número de años cotizados necesarios para acogerse a dicha modalidad, tanto si el retiro es voluntario o forzoso.
No hay que confundirse. Ese año que se suma no significa que se aumente la cuantía de la pensión, porque no es aplicable sobre el aumento del porcentaje de la base reguladora. Solo sirve para completar, por ejemplo, el periodo de cotización exigido.
¿Cuáles son los requisitos para que un autónomo pueda cobrar una jubilación anticipada?
Desde la Seguridad Social explican que el principal requisito para una persona, sea trabajador autónomo o asalariado, cobre la jubilación es que demuestre una cotización de 15 años, dos de los cuales deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.
Al mismo tiempo, como se especifica en su portal web, se añade que en el anticipo voluntario, los trabajadores por cuenta propia deben demostrar al menos 35 años cotizados. Con ese beneficio de la mili, en la práctica solo habría que demostrar 34 años. Al igual que ocurre con la involuntaria, que se exigen 33 años de cotización, pero que a efectos prácticos solo es de 32 años.
Cómo incluir un año de cotización extra por la ‘mili’ a la jubilación anticipada
El trámite para que la mili o similar cuente como periodo cotizado para la jubilación debe solicitarse por parte del interesado, porque de normal la Seguridad Social no lo va a incluir.
Los pasos a realizar son los siguientes:
- Ir a la subdelegación del Ministerio de Defensa de la provincia donde se residía al comenzar ese servicio militar y presentar una solicitud.
- Adjuntar una fotocopia del DNI y de la cartilla militar.
- Presentar los documentos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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