Todos los trabajadores que accedan a una jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntaria, verán las cuantías de sus pensiones recortadas por los coeficientes reductores de la Seguridad Social. Esto afecta incluso a aquellos con largas carreras de cotización (más de 40 años trabajados). Esa es la lucha de Asjubi40, que busca despenalizar la jubilación anticipada con 40 años cotizados.
La asociación, presentó, a través de la diputada y secretaria general de Podemos, Ione Belarra, la Proposición de Ley de jubilación sin penalización 122/000105 . Esto no significa que la medida haya sido aprobada, sino que ha conseguido luz verde para pasar a un nuevo trámite, la “toma en consideración” en el Congreso de los Diputados, donde se decidirá si se acepta para ser debatida. De esta forma, se consigue otro gran paso a una lucha que lleva ya ocho años.
Manuel Barrera, secretario de Asjubi40, explicaba a NoticiasTrabajo que “las personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación y han cotizado 36 años y 6 meses tienen derecho a cobrar el 100% de la pensión conforme a su base reguladora. Entonces, ¿por qué a los trabajadores que han cotizado más de 40 años y quieren retirarse antes del mercado laboral se les penaliza con hasta un 21% o un 30%, dependiendo de si la modalidad es voluntaria o involuntaria?”. Para Manuel, está claro: “Si somos los que más hemos cotizado al sistema, ¿por qué se nos penaliza así?”, explicaba a NoticiasTrabajo.
Por otro lado, Santiago Menchero, portavoz y vicepresidente de Asjubi40, explicada al medio 65ymás que, aunque la Proposición del Grupo Mixto no cuenta aún con el apoyo del Gobierno, su debate en el Parlamento mantiene viva la esperanza para más de 860.000 jubilados penalizados. Menchero subraya que los partidos deberán posicionarse sobre la eliminación de los coeficientes reductores que afectan a los pensionistas con largas carreras de cotización. Aunque confían en un avance, el comité de Asjubi40 teme un nuevo fracaso, recordando que ya han sido ignorados en otras ocasiones, a pesar de considerar su causa como un acto de justicia.
Avanzando a la despenalización
El 6 de septiembre finalizó el plazo para que el Gobierno vetara o permitiera la tramitación de la Proposición de Ley del Grupo Mixto, presentada en mayo por Ione Belarra a instancias de Podemos. Al no haber sido vetada, la Mesa del Congreso decidió el 11 de septiembre que la iniciativa continuara su curso.
Ahora falta fijar la fecha del debate en el Pleno, donde se leerá el criterio del Gobierno si lo hubiera. Si la Cámara acepta la Proposición, esta se enviará a la comisión correspondiente y se abrirá el plazo para la presentación de enmiendas, salvo enmiendas de devolución.
Los pasos para aprobar una Proposición de Ley
El proceso para aprobar una Proposición de Ley en el Congreso de los Diputados comienza con la presentación formal de la iniciativa, según explica la web del Congreso. Esta debe estar acompañada de una Exposición de Motivos y los antecedentes necesarios, según establece el artículo 124 del Reglamento del Congreso. La iniciativa puede ser presentada por un diputado respaldado por catorce más, o por un grupo parlamentario con la firma de su portavoz, como indica el artículo 126. Una vez presentada, la Mesa del Congreso ordena su publicación y la remite al Gobierno, que tiene un plazo de 30 días para manifestar su conformidad o veto, en especial si la proposición afecta al presupuesto.
Si el Gobierno no expresa su veto en esos 30 días, la Proposición de Ley queda lista para ser debatida en el Pleno. Antes de iniciar el debate, se da lectura al criterio del Gobierno si lo hubiera. Luego, el debate se lleva a cabo de acuerdo a las normas establecidas para debates de totalidad, donde los diputados discuten la propuesta en su conjunto. Tras el debate, el presidente del Congreso pregunta si la Cámara acepta o no la toma en consideración de la proposición.
Si la Cámara decide tomar en consideración la proposición, esta se remite a la Comisión competente, donde se abre un plazo para la presentación de enmiendas. Según el artículo 126, salvo casos específicos contemplados en el artículo 125, no se permiten enmiendas de devolución que rechacen la totalidad de la propuesta. A partir de este momento, la Proposición sigue el mismo procedimiento que los proyectos de ley, avanzando a través de comisiones y posibles enmiendas antes de su aprobación final en el Pleno.
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