Sufrir la muerte del esposo o esposa puede desembocar en una situación económicamente complicada para las personas que no trabajan y tienen ya una cierta edad. En muchas ocasiones, tuvieron que abandonar el mercado laboral o no trabajar, por ejemplo, al dedicarse al cuidado de los hijos, por lo que necesitan saber si puede cobrar la pensión de viudedad junto a una pensión no contributiva del Imserso. ¿Es posible?
La duda es lógica porque la viudedad es una pensión contributiva de la Seguridad Social que para cobrarla la mayoría de requisitos los debe presentar la persona fallecida y no quien la recibe. Por su parte, el Imserso solo contempla dos tipos en la no contributiva: la invalidez y la jubilación. De ahí que también muchas personas mayores con ingresos menores a 7.250,60 euros la reciban y busquen compatibilizar ambas.
Si se accede a la normativa legal, la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), es posible comprobar cómo indica que las pensiones contributivas no son compatibles con las pensiones no contributivas. Así, la persona solo puede cobrar o una pensión de viudedad, por ejemplo, o una de jubilación o invalidez del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Entonces, ¿cuáles son las pensiones que tienen compatibilidad? Aquellas que pertenecen a la misma organización. Es decir, una pensión de viudedad será compatible con otras de la Seguridad Social como: jubilación, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares.
Las del Imserso no pueden compatibilizarse con otro tipo de prestaciones asistenciales como el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Únicamente tienen derecho a las Rentas Mínimas de Inserción de las Comunidades Autónomas.
Las ayudas compatibles con las pensiones no contributivas del Imserso
Una persona solo tiene acceso a una pensión no contributiva cuando no sobrepasa un mínimo de rentas. Es posible compatibilizarla con las Rentas Mínimas de Inserción de las Comunidades Autónomas. Consisten en programas regionales dirigidos a personas y familias que carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, acompañando además de un proceso de intervención social.
En la mayoría de comunidades autónomas tienen una duración inicial de 12 meses, aunque puede variar en función de la región donde viva el pensionista.
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