Para cobrar a la pensión de jubilación contributiva, el sistema de pensiones de la Seguridad Social en España pide a los trabajadores cumplir con ciertas condiciones entre los que se encuentra tener acumuladas un mínimo de cotizaciones. Este puede ser junto a la edad de jubilación uno de los requisitos más importantes para cobrar esta prestación vitalicia.
La Ley General de la Seguridad Social establece es clara en su artículo 205.b (se encuentra publicado en este Boletín Oficial del Estado) y pide a los trabajadores “tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años (carencia genérica), de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho (carencia específica)”. Este es el mínimo para acceder a la pensión contributiva de jubilación.
Pero, ¿qué pasa si no se llega a ese mínimo de cotizaciones? El sistema de la Seguridad Social busca siempre no dejar desprotegido a ningún ciudadano y más cuando estos no tienen otra fuente de ingresos. Recodemos que la mayoría de las ocasiones para los jubilados la pensión es su única fuente de ingresos.
¿Qué pensión cobrar si no tienes 15 años cotizados?
Las personas que hubieran cotizado menos de 15 años a la Seguridad tendrán derecho a acceder a la pensión no contributiva de jubilación. Esta prestación tiene un importe más bajo que el resto de pensiones de la Seguridad Social y busca garantizar ingresos mínimos y además, proporcionar asistencia médica y farmacéutica gratuita.
Estas, aunque depende de la Seguridad Social, las mismas son gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y las Comunidades Autónomas y se encuentran reguladas bajo el Real Decreto 357/1991.
Requisitos para cobrar una pensión de jubilación no contributiva
Para acceder a una pensión no contributiva de jubilación, los solicitantes deben cumplir unos requisitos generales y específicos. En cuánto a los requisitos específicos son:
- Tener 65 años o más.
- Demostrar haber residido en España durante un período de 10 años, contados a partir de los 16 años. De estos, al menos dos deben haber sido consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión.
Como requisito general, y dado que es una prestación que busca garantizar unos ingresos mínimos, se pide carecer de ingresos económicos suficientes. Este va aumentando cada año y en 2024, se pide tener no superará los 7.250,60 euros anuales para un beneficiario que viva solo. Ahora, en el caso de convivir con más familiares dentro de la unidad familiar, este límite aumentará conforme a los siguientes criterios que marca la normativa del IMSERSO en su web.
Para la convivencia solo con cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado:
- 2 convivientes: 12.326,02 euros por año.
- 3 convivientes: 17.401,44 euros por año.
- 4 convivientes: 22.476,86 euros por año.
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
- 2 convivientes: 30.815,05 euros por año.
- 3 convivientes: 43.503,60 euros por año.
- 4 convivientes: 56.192,15 euros por año.
¿Cuánto se cobra con una pensión no contributiva?
La cuantía íntegra de las pensiones no contributivas es de 7.250,60 euros anuales, que por 14 pagas (12 mensualidades más 2 extraordinarias) son 517,90 euros mensuales. Ahora, la cuantía no es fija y varía dependiendo de las rentas del beneficiario o de la unidad de convivencia si convivieran más beneficiarios.
Si una persona recibe una pensión no contributiva y sus ingresos superan el 35% de la cuantía anual establecida para esa pensión (2.537,71 euros), la pensión se reducirá en esa misma cantidad. Si, después de esta reducción, la pensión fuera inferior al 25% de la cuantía anual fijada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (1.812,65 euros anuales o 129,48 euros al mes), la pensión mínima será ese 25%. En otras palabras, nunca se podrá cobrar menos de ese 25% del importe anual de la pensión.
En el caso de cobrar la cuantía íntegra y convivir con más beneficiarios de una pensión no contributiva, la cuantía se verá reducida para cada uno de ellos, con las siguientes cuantías:
- Para 2 beneficiarios: 6.163,01 euros anuales o 440,22 euros mensuales para cada uno.
- Para 3 beneficiarios: 5.800,48 euros anuales o 414,32 euros mensuales para cada uno.
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