El Congreso de los diputados ha aprobado este jueves la segunda reforma de las pensiones. Esta reforma impulsada por el Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social, dirigido por José Luis Escrivá se encuentra publicada el Boletín Oficial del Estado (BOE) bajo el Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo. En este se establecen las medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. Este nuevo RD, que entrará en vigor el próximo 1 de abril de 2023 y afectará tanto a los actuales como futuros pensionistas.
Dentro de las nuevas reforma de las pensiones hay tres planes de actuación que son claves. Estos son, el incremento de las bases máximas de cotización, la creación de la nueva cuota de solidaridad busca gravar los salarios más altos y que no genera derecho a ningún tipo de contraprestación y la sustitución del mecanismo automático que garantice mejorar la pensiones más modestas.
A continuación, se detallan todas las medidas publicadas en la nueva reforma de las pensiones, que empezarán a funcionar a partir del 1 de abril de 2023.
Nuevo modelo dual para calcular la pensión
Hasta ahora, para calcular la pensión de jubilación, esta se realizaba teniendo en cuenta los últimos 25 años. Ahora, y con la nueva reforma de las pensiones, los trabajadores que vayan alcanzando la edad de jubilación deberán elegir entre los últimos 25 años o escoger los 29 años, de los cuales se podrá excluir los dos peores, por lo que el cómputo total en este segundo caso será de 27 años. De oficio, siempre se aplicará lo que resulte más ventajoso para el trabajador.
Esta nueva modalidad de cálculo comenzará a funcionar de manera progresiva a parir de 2027 y hasta 2038. Según establece el borrador, por cada año se aumentará cuatro meses el este cómputo. Así, quedaría la tabla:
Año | Nuevo periodo | Quitando los dos peores |
---|---|---|
2027 | 304 | 302 |
2028 | 308 | 304 |
2029 | 312 | 306 |
2030 | 316 | 308 |
2031 | 320 | 310 |
2032 | 324 | 312 |
2033 | 328 | 314 |
2034 | 332 | 316 |
2035 | 336 | 318 |
2036 | 340 | 320 |
2037 | 344 | 322 |
2038 | 348 (29 años) | 324 (27 años) |
Hasta 2040 podrá elegirse entre una de las dos opciones. Ahora, a partir del 2041 y 2043, la opción de acogerse con los últimos 25 años irá subiendo de razón de seis meses por año. Así, en 2040 será 25 años y 6 meses, mientras que en 2043 será de 26 años y 6 meses.
En 2044, ya no será posible esta opción, debido a que este cómputo se equipará a los 27 años efectivos, que son los 29 años desechando los dos peores.
En este punto hay que destacar que, que siempre que sean carreras regulares, la mejor opción será coger los últimos 27 años. En caso contrario, habrá que desechar los dos años con peores cotizaciones.
Cuota de solidaridad
La cuota de solidaridad afectará a los salarios que superen la base máxima de cotización, situada en los 53.946 euros anuales. Esta cuota será del 1 % en 2025, qué irá incrementando su porcentaje un 0,25 % por año, hasta llegar al 6 % en 2045. Este nuevo tributo corresponderá el 5 % a cargo de la empresa y el 1 % a cargo del trabajador.
Sobre el nombre de “solidaridad” esta hace referencia a que la cuota no tiene carácter contributivo y, por lo tanto, no genera derecho a ningún tipo de contraprestación en la cuantía de la pensión.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Este nuevo impuesto ya se ve reflejando en la nómina de todos los trabajadores sin excepción y que actualmente se sitúa en el 0,6 % repartido entre la empresa (un 0,5 %) y el trabajador (un 0,1 %).
Este subirá una décima por año hasta 2029, que se situará en el 1,2 %. De esta forma, el trabajador solo abonará el 0,2 % mientras que a la empresa le corresponderá el 1 %. Este impuesto, que es temporal, se mantendrá de 2030 a 2050 y, en un principio, no se prevé que suba, salvo que el coste de las pensiones superase el 15 % del PIB.
Subida de pensiones no contributivas
La reforma de las pensiones también prevén una mejoras de las pensiones no contributivas por jubilación e invalidez. Estas se prevén que crezcan por encima de la revalorización media de las pensiones, hasta converger en 2027 con el 75 % del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.
De esta forma, pasarían de los 6.784,54 euros anuales actuales (en caso de cuantía integra), hasta alcanzar casi 8.300 euros anuales en 2027 (592,85 euros mensuales).
Subida de las pensiones mínimas contributivas
Según el Real Decreto-Ley 2/2023, incluye las medidas para garantizar que las pensiones mínimas contributivas alcancen, al menos, el 60 % de la renta mediana. Para esta mejora, el gobierno tomará como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, que deberán alcanzar entre 2024 y 2027 el 60 % de la renta mediana correspondiente de un hogar que estuviera conformado por dos adultos.
Así, en 2024 se incrementará la cuantía mínima un 20 %. En 2025, la mejora sería del 30 % y en 2026, del 50 %. En 2027 acabará con una mejora del 60 %.
Esta subida traducida al bolsillo del pensionista se traduce que las mínimas de jubilación pasarán de los actuales 13.500 euros anuales, hasta 16.500 euros (1.200 euros mensuales, en 14 pagas) en el año 2027, según las estimaciones publicadas por la Seguridad Social.
Además de la contributiva de jubilación, mejorará las de viudedad. Estas mejoran entre 1.775 y 3.800 euros anuales en cuatro años, equiparándolas con las pensiones contributivas de jubilación.
Lagunas de cotización y complemento para reducir la brecha de género
Otra de las medidas incluidas en esta reforma de las pensiones es la mejora y cobertura en las lagunas de cotización, es decir, aquellos periodos en los que no se ha cotizado, ya sea por la pérdida del empleo, por motivos personales o porque se ha cotizado por debajo del mínimo debido a un contrato a tiempo parcial.
Sobre el complemento para reducir la brecha de género, esta mejorará un 10 % adicional cada bienio entre 2024 y 2025.
Fiscalización de las pensiones a través de AIReF
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) será quién “fiscalizará” esta reforma con el objetivo de garantizar al gobierno que el gasto de las pensiones no supere el 15 % del Producto Interior Bruto (PIB). Cada tres años a contar desde 2025, AIReF enviará un informe sobre la evolución de los ingresos.
En el caso de que se superase el gasto en pensiones por encima de ese PIB, se propondrá al Pacto de Toledo medidas para reducir el gasto, incrementar los ingresos u otra fórmula alternativa que eleve los ingresos.
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