Miriam Ruiz, abogada, explica por qué te quitan años cotizados en la vida laboral: “una cosa es que no te sumen los días, pero sí que se te van a sumar las bases de cotización”

La Seguridad Social, en la vida laboral, hace un ajuste porque no se puede sumar más de un día laborable por cada día natural que hay.

Miriam Ruiz, abogada, explica por qué te quitan años cotizados en la vida laboral: “una cosa es que no te sumen los días, pero sí que se te van a sumar las bases de cotización” |Compromiso Legal (web del despacho de abogados)
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Hay tres documentos con los que tienen que estar familiarizados todos los trabajadores: la nómina, el informe de bases de cotización y la vida laboral. Este último conviene revisarlo cada poco tiempo y es que recoge todos los periodos en los que hemos trabajado, tanto en empresas públicas como privadas, indicando el tiempo cotizado a jornada completa o parcial en cada empleo. Así, es la referencia que se usa en caso de tramitar todo tipo de ayudas, desde las prestaciones por desempleo (como el paro) hasta las de la Seguridad Social o incluso la pensión de jubilación.

Dicho esto, no son pocos los trabajadores que, al descargar su vida laboral, se llevan la sorpresa de que les han quitado días e incluso años cotizados. “¿Por qué me quitan años cotizados en mi vida laboral? No sabéis la de clientes que nos preguntan”, asegura Miriam Ruiz, abogada especializada en Seguridad Social y Extranjería, que pone como ejemplo una nómina donde, en la parte superior, aparecen 10 años y medio cotizados y en la parte de abajo le restan 318 días, es decir, casi un año.

Y, antes de explicarlo, lanza una advertencia: “os adelanto que en principio el periodo cotizado que os van a tener en cuenta para ver si tenéis derecho a algún tipo de prestación o no, es el que os aparece más abajo, es decir, el que os aparece con menos días cotizados”. Asimismo, antes de responder a la cuestión principal, explica que los periodos a tiempo parcial computan de forma diferente, señalando que los mismos “no se recalculan automáticamente” en la vida laboral. Dejando a un lado esta especialidad de los periodos a tiempo parcial, ya aclara por qué restan días cotizados en la vida laboral. 

Por qué te quitan días cotizados en la vida laboral

La abogada Miriam Ruiz responde que se debe a periodos de pluriempleo o pluriactividad, es decir, “a periodos en los que has estado en un mismo día de alta en dos o más empresas o que has estado, por ejemplo, cotizando al mismo tiempo en el régimen general y en el régimen de autónomos”. 

Lo explica con un ejemplo: “Imagínate que el 5 de octubre estás trabajando por la mañana en una empresa y por la tarde en otra empresa diferente. Lo que va a hacer tu vida laboral es sumarte dos días cotizados, es decir, un día por cada empresa en la que has estado trabajando. ¿Qué pasa? Que luego la Seguridad Social se va a dar cuenta de que esos dos días cotizados realmente pertenecen a un mismo día natural y te va a hacer un ajuste, es decir, te va a restar un día en tu vida laboral como cotizado, que es lo que aparece en esta segunda tabla, porque el criterio de la Seguridad Social es que tú no puedes sumar más de un día laborable por cada día natural que haya”.

De ese modo, por ejemplo, aunque estés dado de alta en cuatro empresas diferentes al mismo tiempo, solo sumarías un día laborable por cada día natural. Es decir, no te contaría como 4 días trabajados ese día aunque hayas estado en cuatro empresas diferentes, sino como uno solo.

Ahora, no ocurre lo mismo en lo que respecta a la cuantía, porque esta se verá notablemente incrementada si se ha estado trabajando en varias empresas a la vez durante un mismo periodo: “mucho cuidado porque una cosa es que no se te sumen los días y otra cosa es que no se te vayan a sumar las bases de cotización, ya que estas últimas sí que se suman”, aclara Ruiz.

De nuevo, lo aclara con un ejemplo: “imagínate que esta mañana tu empresa te cotizó por un importe de 50 euros y que tu empresa de esta tarde te cotiza por un importe de 70 euros. Bueno, pues cuando vayas a acceder a algún tipo de prestación, la base de cotización de esa prestación se va a calcular sobre 120 euros, es decir, la suma de las dos bases de cotización”. Esta suma, recalca, “te va a ayudar a que luego se te pueda reconocer una prestación de mayor cuantía”.

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