En España, el impuesto de sucesiones y donaciones es un gravamen al que debía hacerse frente en la mayoría de comunidades autónomas al recibir una herencia. Sin embargo, en la mayoría de estas regiones, o se ha eliminado o únicamente hay que abonar un coste simbólico. Y es que consiste en un tributo que deben abonar los herederos sobre el valor de lo heredado, lo que en muchos casos supone pagar más de lo que se recibía y muchos renunciaron a ella.
Conscientes de este problema, las comunidades autónomas - las encargadas de su gestión - han decidido ir suprimiendo progresivamente este impuesto de sucesiones por todo el territorio español. Es el caso de Andalucía, Murcia, Islas Baleares, Extremadura y La Rioja; aunque hay muchas más. El impuesto de donaciones tiene una tributación local donde resida el heredero, aunque los inmuebles deben gravarse en el lugar donde estén situados.
Tal y como recoge el portal web de la Agencia Tributaria, en territorio español, ese impuesto de sucesiones y donaciones no corresponde con un porcentaje fijo, sino que se sitúa entre el 7,65% y el 34%, según la región autonómica, y sobre estos se aplican unas posibles bonificaciones.
El impuesto a las Sucesiones y Donaciones según cada comunidad autónoma
Cada comunidad autónoma presenta variaciones con respecto al pago o eliminación del Impuesto a las Sucesiones y Donaciones. Su aplicación depende de diferentes factores como pueden ser, la cuantía de la herencia o la edad del heredero. En su mayoría, si el heredero es menor de 21 años, no se cobra el tributo o lo que se debe abonar es una cantidad de dinero mínima. Por este motivo, es importante revisar la situación particular de cada caso y la legislación fiscal vigente en cada comunidad.
Andalucía
Se ofrece una reducción de hasta un millón de euros para descendientes, ascendientes y cónyuges y de 250.000 euros para otros familiares.
La Rioja
Se aplica una bonificación del 99% de impuesto para las herencias, si la base a liquidar es superior a 400.000 euros. De este descuento se pueden beneficiar ascendientes, descendientes y cónyuges.
Castilla y León
La reducción es del 99% para los familiares herederos directos. Es decir, para cónyuges, descendiente o adoptado, adoptante del causante o ascendiente.
Aragón
La bonificación es del 100% para las herencias que no sean mayores a los 500.000 euros.
Galicia
Si se trata de una herencia directa no hay que pagar el impuesto hasta un millón de euros, y para los descendientes, ascendientes y cónyuges, cuando supere esa cantidad hay bonificaciones.
País Vasco
Cuando la cuantía sea menor a 400.000 euros, en el caso de descendientes, ascendientes y cónyuge, estarán exentos. Si la cantidad a heredar es superior, el impuesto será del 1,5%.
Islas Canarias
Se aplica una bonificación del 99% para las herencias entre descendientes, cónyuges y otros familiares.
Cantabria
Las bonificaciones son de entre 90% y 99% para descendientes, ascendientes y cónyuges. Para otros familiares será del 25%.
Comunidad Valenciana
Se aplica una reducción del 99% a las herencias entre descendientes, cónyuges y ascendientes.
Extremadura
Los descendientes menores de 21 años y familiares directos se benefician de una reducción del 99% del impuesto.
Comunidad de Madrid
La bonificación es del 99% para cónyuges, descendientes y ascendientes y del 25% para otros familiares.
Cataluña
Los descendientes menores de 21 años podrán recibir hasta 100.000 euros sin pagar el impuesto, pero se limita la cantidad de dinero que pueden disfrutar anualmente, fijada en 12.000 euros hasta cumplir la mayoría de edad. En el caso del cónyuge o pareja del fallecido el límite es de 100.000 euros, nietos de 50.000 euros y si es el padre o abuelo, de 30.000 euros.
Islas Baleares
Las herencias entre ascendientes, cónyuges y descendientes desde el 2023 no tributan, ya que se aplica una bonificación del 100%. Si la herencia es entre hermanos, tíos y sobrinos, el descuento es del 25%. Si la persona fallecida no tenía descendientes, esta bonificación sube al 50%.
Castilla-La Mancha
Tanto para herederos menores de 21 años, como para los mayores, cónyuges y ascendientes, la reducción es del 100% del impuesto. Si la herencia supera los 300.000 euros, la bonificación será del 80%.
Navarra
Los herederos no pagan el impuesto de sucesiones y donaciones hasta los 250.000 euros, y a partir de esa cantidad, será del 0,8%. En el caso de ascendientes y descendientes en línea directa por consanguinidad, el porcentaje oscila entre el 2 y 6%.
Asturias
No se paga el impuesto cuando los herederos son menores de 21 años. Cuando sean cónyuges, ascendientes o adoptantes mayores de esa edad, tampoco abonarán el tributo, siempre y cuando la herencia no supere los 300.000 euros.
Comunidad de Murcia
La bonificación del impuesto es del 99% para ascendientes, cónyuges y descendientes.
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