El subsidio para mayores de 52 años es una prestación económica que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede a las personas mayores de dicha edad que están sin trabajo y con carencia de ingresos. Este subsidio, además de ser el único que cotiza para la pensión de jubilación, se percibe de manera indefinida hasta encontrar empleo o llegar a la edad de jubilación. Sin embargo, esta edad puede coincidir o no dependiendo de las cotizaciones de cada trabajador, por lo que la gente duda y se pregunta, ¿hasta qué edad se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años?
Para cobrar la ayuda para personas desempleadas mayores de 52 años, hay que cumplir unos requisitos generales, que son comunes para todas las ayudas por desempleo y un requisito específico. Este es contar con todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, salvo la edad, es decir, 15 años cotizados y, que de esos 15, al menos 6 años se encuentren dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
Es decir, para tener derecho a esta prestación del SEPE es necesario tener garantizado, que una vez se alcance la edad de jubilación, tendremos derecho a acceder a la pensión en su modalidad contributiva. Pero, ¿qué ocurre si una vez alcanzada la edad el trabajador no quiere jubilarse? ¿Puede seguir cobrando el subsidio?
El subsidio para mayores de 52 años se cobra hasta que el beneficiario alcance su edad de jubilación
El subsidio para mayores de 52 años se extingue una vez se alcance la edad correspondiente para acceder a la pensión de jubilación. Por lo tanto, el subsidio se percibirá hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación y no cuando el beneficiario quiera jubilarse.
Según el actual sistema de pensiones de la Seguridad Social, que se encuentra bajo una reforma desde 2013, existen dos edades de jubilación. Una a los 65 años y a la que se accede cuando se tiene un mínimo de cotizaciones y otra edad progresiva, a la que se accede si no se alcanza ese mínimo. Así, en 2024, para jubilarse con 65 años es necesario tener 38 años cotizados. En caso de no tenerlos, la edad se sitúa en los 66 años y 6 meses.
Una vez se alcanza esta edad, el trabajador no tiene por qué solicitar la pensión. Puede seguir trabajando si así lo desea, ya que así lo contempla el artículo 35.1 de la Constitución Española (se puede consultar en este BOE) en el que establece que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo”.
Para entenderlo mejor, aunque en España no hay un límite de edad para dejar de trabajar, si se percibe el subsidio para mayores de 52 años, este se deja de cobrar una vez se alcance la edad de jubilación que toque según el caso.
Consecuencias económicas de no solicitar la pensión de jubilación tras extinguirse el subsidio
Según el artículo 3 de la Ley General de la Seguridad Social, que puede consultarse en este Boletín Oficial del Estado, las pensiones contributivas, incluyendo la pensión contributiva de jubilación, son irrenunciables. Esto significa que no se puede renunciar a su cobro, pero sí posponer la fecha en la que se va a empezar a percibir.
Ahora, en el caso de retrasar la solicitud para empezar a cobrar la pensión, hay que saber que una vez se solicite solo se podrá reclamar los tres últimos meses. Así lo explica la Seguridad Social, en el que expone que “se devengará con una retroactividad máxima de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud”.
Por lo tanto, si transcurre un año desde que se alcanza la edad legal de jubilación hasta que se realiza la solicitud de jubilación, solo es posible reclamar los pagos correspondientes a los últimos tres meses. Cualquier pago anterior a ese periodo se perdería.
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