El Supremo estudiará si recibir una empresa familiar obliga a asumir el IRPF del donante

El Alto Tribunal decidirá si el incumplimiento de los requisitos fiscales elimina el diferimiento en el IRPF y traslada la tributación al nuevo titular.

Fachada del Tribunal Supremo |Europa Press
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El Tribunal Supremo deberá aclarar si recibir una empresa o participaciones familiares por donación, acogiéndose a la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y al diferimiento de la tributación en el IRPF, implica que el donatario deba asumir la posición fiscal del donante o si el incumplimiento impide aplicar ese régimen cuando no se cumplen las condiciones exigidas.

Así lo establece en un auto de 11 de marzo de 2026, en el que ha admitido a trámite un recurso de casación a raíz del caso de un contribuyente que recibió participaciones de la empresa familiar de su padre aplicando estos beneficios fiscales y que, tras incumplir los requisitos exigidos y venderlas, fue regularizado por Hacienda con una liquidación superior a 620.000 euros. El Alto Tribunal aprecia que existe interés casacional para fijar doctrina ante la falta de un criterio claro y la existencia de resoluciones contradictorias.

Este tipo de operaciones permite, en condiciones normales, evitar tributar en el momento de la donación,difiriendo la tributación, ya que el donatario se subroga en la posición fiscal del donante, trasladando la carga fiscal al momento en que se transmiten las participaciones. Sin embargo, cuando no se respetan los requisitos exigidos por la normativa, surge la duda de si ese beneficio se pierde completamente y si el nuevo titular debe asumir también las obligaciones fiscales diferidas.

El Supremo fijará si el donatario asume la carga fiscal del donante

El Alto Tribunal deberá determinar si, en estos casos, el beneficiario de la donación queda obligado a asumir la posición fiscal del donante, incluyendo los valores y fechas de adquisición, lo que supondría tributar en el IRPF por las ganancias generadas, o si el incumplimiento de los requisitos impide aplicar este régimen de diferimiento.

En concreto, tendrá que aclarar si el incumplimiento de los requisitos en el Impuesto sobre Sucesiones implica perder el régimen de diferimiento en el IRPF o si este puede mantenerse pese a dicho incumplimiento.

Además, el Supremo también deberá decidir cuándo comienza el plazo de prescripción para que Hacienda pueda reclamar el impuesto,si es desde la donación o desde la posterior transmisión de las participaciones.

Esta cuestión resulta clave, ya que puede determinar si la Administración tiene derecho a exigir el pago o si la deuda ya ha prescrito, y afecta a numerosas transmisiones de empresas familiares, donde la aplicación de estos beneficios fiscales es habitual.

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