El SEPE suspenderá el subsidio para mayores de 52 años a los desempleados que rechacen hacer entrevistas de trabajo

Los beneficiarios del subsidio deben cumplir con las mismas obligaciones que los receptores de prestaciones por desempleo

Carta denegación del subsidio para mayores de 52 años
Carta denegación del subsidio para mayores de 52 años |NoticiasTrabajo
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podrá suspender el subsidio o la prestación por desempleo a los beneficiarios que no acudan a una entrevista de trabajo facilitada por los servicios públicos de empleo sin una causa justificada. Esto también afecta a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años. En caso de reincidencia, la sanción puede implicar la suspensión progresiva del subsidio e incluso su extinción definitiva.

Esta normativa está regulada en la Ley General de la Seguridad Social, en particular en el artículo 299, que establece la obligación de los beneficiarios de prestaciones por desempleo de participar en programas de empleo y acciones de formación o inserción profesional. Aunque no se menciona expresamente la asistencia a entrevistas de trabajo, estas pueden considerarse como parte de los programas de empleo gestionados por los servicios públicos de empleo.

Ahora, para que una entrevista de trabajo u oferta de empleo sea considerada adecuada, se debe cumplir ciertos requisitos, los cuales vienen definidos en la normativa. En primer lugar, el empleo propuesto por el SEPE debe estar ligado a la última profesión que realizo el trabajador o al menos, que esté relacionada con su formación y experiencia, es decir, no pueden ofrecer un puesto de electricista si nunca lo fue y anterior profesión fue la de albañil. Por otro lado, la oferta laboral deben garantizar un mínimo de condiciones salariales justas, lo que significa que el salario debe ser, como mínimo, igual al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en ese momento.

Además, hay que tener en cuenta la ubicación de nuevo, puesto que se quiere ofrecer en la entrevista. Según la normativa, la oferta debe encontrarse en la localidad de residencia del desempleado o en una distancia que no represente un perjuicio desproporcionado para su acceso. Aunque algunas interpretaciones mencionan un límite de 30 kilómetros, no existe una referencia exacta en la legislación que establezca esta distancia como criterio definitivo. En otras palabras, no sería que el SEPE no ofrecería una vacante en Barcelona, cuando vivimos en Cádiz.

Obligaciones para seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años

Para mantener la prestación, los beneficiarios del subsidio deben cumplir con una serie de obligaciones, entre las que se encuentra la presentación anual de la declaración de rentas. Además, están sujetos al compromiso de actividad, que implica la búsqueda activa de empleo y la disponibilidad para cualquier requerimiento laboral del SEPE. Este compromiso se formaliza al firmar un formulario de solicitud que incluye las siguientes obligaciones:

  • Buscar activamente empleo y participar en actividades de mejora de la ocupabilidad que determine el SEPE.
  • Facilitar información actualizada al SEPE y al servicio autonómico de empleo (SPEA), especialmente sobre el domicilio y vías de notificación.
  • Proporcionar la documentación necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del subsidio.
  • Cumplir con el compromiso de actividad, lo que incluye la disposición para aceptar ofertas de empleo o formación.
  • Solicitar la baja en el subsidio cuando surjan situaciones que suspendan o extingan el derecho a la ayuda.
  • Mantener la inscripción como demandante de empleo en los servicios públicos correspondientes.
  • Asistir a citas y convocatorias de las oficinas de empleo, incluyendo entrevistas, cursos y otras actividades.
  • Presentar justificantes de asistencia a entrevistas o eventos requeridos en un plazo de cinco días.
  • Reintegrar los subsidios indebidamente percibidos en caso de errores o cobros injustificados.
  • Presentar la declaración anual de rentas, requisito obligatorio para los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años.

Sanciones

Rechazar acudir a una entrevista de trabajo u oferta de empleo adecuada o incluso, un curso de formación sin una causa justificada se considera una infracción grave dentro del régimen de prestaciones por desempleo. En este sentido, el SEPE puede sancionar al beneficiario de la prestación, que en el caso de reincidir la sanción será más grave.

En caso de una primera infracción, la penalización será la suspensión del subsidio durante tres meses. Si la situación se repite por segunda vez, la suspensión se extenderá a seis meses. Finalmente, si el beneficiario reincide por tercera vez, el subsidio será extinguido de manera definitiva.

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